Según ha anunciado el Gobierno Autonómico de Madrid, en la negociación de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2018, se ha llegado a un acuerdo para aumentar  las deducciones por maternidad (nacimiento, adopción o acogimiento de hijo) y por el alquiler de vivienda en el caso de los jóvenes menores de 35 años.

Deducción por nacimiento, adopción o acogida de hijo

En la actualidad, en la Comunidad de Madrid  existen los siguientes beneficios fiscales por maternidad por nacimiento, adopción o acogimiento de hijo:

  • Primer hijo: 600 euros.
  • Segundo hijo: 750 euros
  • Tercer hijo y sucesivos: 900 euros
  • Partos/adopciones múltiples: 600 euros adicionales

Ahora bien, esta deducción  solo se la pueden aplicar los contribuyentes cuya renta no supere a 25.620 euros en tributación individual o a 36.200 en tributación conjunta.

En su programa electoral el partido que gobierna la Comunidad hablaba de subir estas deducciones hasta 800 euros en el caso de ser el primer hijo, 850 por  el segundo hijo, 1.000 por el tercer hijo; y 1.500 euros para el cuarto hijo o sucesivos. Pero  todavía no ha aclarado hasta cuánto subirán las deducciones, ni qué limites de renta se aplicarán para poder acceder a ellas

Deducción por alquiler de vivienda para menores de 35 años

Respecto al alquiler, actualmente, los menores de 35 años pueden deducir el 20% de las cantidades destinadas al alquilar, con un máximo de 840 euros al año.

Como ocurre con la deducción por maternidad, para poder aplicar esta deducción por alquiler de vivienda existe un límite de renta que en este caso es de 25.620 euros en tributación individual y de36.200 en tributación conjunta.

La propuesta de la campaña electoral era incrementar la deducción autonómica por alquiler al 30 por ciento de las cantidades pagadas con un límite de 1.000 euros y subir el límite de edad a los 40 años. Pero el gobierno regional tampoco ha concretado todavía nada en este sentido.

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