El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado las medidas que regirán la nueva normalidad en Madrid  tras el fin del Estado de alarma por el COVID-19. La normativa se ha publica hoy, 20 de junio, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y entrará en vigor a las 00:00 horas del domingo 21 de junio.

Habrá una primera fase del 21 de junio al 5 de julio con restricciones más estrictas y una segunda  fase a partir del 6 de julio con menos restricciones, aunque en ambas fases se mantienen las recomendaciones de higiene personal de la desescalada:

  • Mantener una distancia de seguridad mínima que ahora es de al menos, 1,5 metros.
  • Higiene de manos correcta y frecuente.
  • Uso de mascarilla a partir de los 6 años.

Además, se recomienda el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos.

Las normas se mantendrá hasta que el Gobierno  declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, aunque las autoridades sanitarias de la Consejería de Sanidad pueden modificarlas en función de la evolución epidemiológica.

La nueva normalidad en Madrid

1. Aforo en actividades

Con carácter general, el aforo en los espacios cerrados será del 60% y a partir del 6 de julio, del 75%. En las zonas abiertas será del 80%

Estos aforos se aplicarán alojamientos turísticos, locales comerciales, establecimientos minoristas, centros y parques comerciales, bibliotecas, archivos, monumentos, museos, cines, teatros, auditorios, instalaciones deportivas cubiertas, establecimientos de apuestas y juego, academias, autoescuelas y formación no reglada, ferias, congresos y eventos, parques de atracciones, zoológicos, acuarios y plazas de toros.

2. Bares y restaurantes en la nueva normalidad de Madrid

  • Del 21 de junio a 5 de julio, se podrá ocupar el 60% del aforo del interior de bares y restaurantes (mesas y barra) y el 80% de las mesas autorizadas como terrazas.
  • A partir del 6 de julio, se podrá usar el 75% del aforo interior y toda la terraza,

En todos los casos hay que asegurar que se mantiene la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros entre clientes o grupos de clientes situados en la barra o entre las mesas. Puedes ampliar información en este artículo de consejos para utilizar las terrazas de los bares durante la pandemia del Covid-19.

En una mesa o agrupación de mesas se podrán juntar hasta 25 personas.

3. Hoteles y otros alojamientos turísticos en la nueva normalidad de Madrid

  • Hasta el 6 de julio, la ocupación de las zonas comunes de los alojamientos turísticos no podrá superar el 60% de su aforo.
  • Después, el límite de aforo en estas zonas será del 75%.

Puede haber actividades de animación o clases grupales con máximo de 20 personas, preferentemente al aire libre y evitando el intercambio de material.

Los albergues solo pueden ocuparse al 50% hasta nueva indicación.

Las discotecas y bares de ocio nocturno seguirán cerrados hasta el 6 de julio. Después podrán abrirse en las condiciones que determine la Dirección General de Salud Pública determine.

Horarios: Hasta el 15 de octubre de 2020, el horario máximo para los establecimientos de restauración y ocio será de 8 de la mañana a 1:30 de la madrugada, aunque los ayuntamientos podrán autorizar la ampliación de horario de cierre de las terrazas hasta las 02.30, en los locales situados en zonas no residenciales.

Puedes ampliar información sobre las medidas preventivas y de higiene en estos establecimientos el artículo Guías prevenir el contagio de Covid-19 en campings, hoteles y restaurantes.

4. Actividades culturales en la nueva normalidad de Madrid

Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones y monumentos

  • Hasta el 5 de julio el aforo máximo  será del 60%
  • A partir del 6 de julio el aforo será del 75%.

Puede haber visitas de grupos de hasta 25 personas, incluido el monitor o guía. Se evitará utilizar los elementos expuestos para un uso táctil por el visitante.

Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares

  • Hasta el 5 de julio se podrá asistir con butacas preasignadas con un aforo máximo del 60%.
  • A partir del 6 de julio, el aforo máximo será del 75%.

Salas y espacios multiusos:

  • Hasta el 5 de julio el aforo máximo será del 20%.
  • A partir del 6 de julio del 50%, siempre con asientos preasignados.

Plazas de toros y otras instalaciones taurinas

  • Hasta el 5 de julio el aforo máximo es del 60% con asientos preasignados.
  • Desde el 6 de julio, el aforo máximo sube al 75% del aforo, siempre que el público permanezca sentado y cumpla la distancia de seguridad de 1,5 metros entre asistentes o utilice mascarilla.

No puede vender bebida o comida de forma itinerante dentro del recinto de la plaza y las almohadillas deberán desinfectarse después de cada uso.

Fiestas, verbenas y otros eventos populares: podrán reanudar su actividad cuando lo permita la autoridad sanitaria en función de la evolución de la situación epidemiológica y con las condiciones que se establezcan en su momento.

5. Piscinas y actividades deportivas

  • Del 21 de junio al 5 de julio, el aforo de las piscinas recreativas será como máximo del 50% (los ayuntamientos podrán regular la ocupación de las municipales), y el de las piscinas deportivas del 75%. A partir del 6 de julio, las piscinas deportivas no tendrán límite de aforo, pero habrá que mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros entre los usuarios.

El 1 de julio abrirán las piscinas gestionadas por la Comunidad de Madrid: M-86 Centro Deportivo, Parque Deportivo Puerta de Hierro, Instalaciones Deportivas Canal Isabel II y San Vicente de Paúl.

6. Actividades deportivas al aire libre

  • Hasta el 5 de julio, la actividad física y deportiva no federada y al aire libre se podrá realizar de forma individual o colectiva con un máximo de 25 personas a la vez, sin superar el 75% del aforo máximo permitido.
  • A partir de 6 de julio, no habrá límite de aforo siempre que se respete la distancia de seguridad.

Los organizadores de eventos deportivos deben elaborar un protocolo específico en el ámbito del COVID-19.

6. Gimnasios

  • Del 21 de junio al 5 de julio incluido, se podrá realizar actividad deportiva en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y sin superar el 60% del aforo máximo permitido.
  • Desde el 6 de julio y hasta que la situación epidemiológica lo aconseje, el aforo subirá al 75% por ciento y a 25 personas.

Normas de uso durante la pandemia del Covid-19

  1. El acceso a las instalaciones y los desplazamientos por el interior del recinto debe hacerse obligatoriamente con mascarilla.
  2. No se puede compartir ningún material.
  3. En los vestuarios se debe garantizar el respeto a la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

7. Competiciones deportivas

  • Hasta el 5 de julio, se  podrán celebrar entrenamientos, competiciones o eventos de carácter regional con público sentado a 1,5 metros entre ellos y sin superar el 75% del aforo permitido y permanecerán sentados.
  • A partir del 6 de julio, no habrá límites de aforo pero hay que mantener la distancia de seguridad con un límite máximo de asistencia de 300 personas en los lugares cerrados y de 1.000 al aire libre.

8. Lugares de culto, velatorios y bodas

En los lugares culto no se puede superar el 75% de la capacidad.

  • Se pueden realizar bodas y otras celebraciones al aire libre y en espacios cerrados con un máximo del 75% de ocupación del aforo. Al aire libre pueden asistir hasta 150 personas y en los espacios cerrados un máximo de 75.
  • En las instalaciones funerarias no se puede superar el 75% del aforo en áreas de acceso público. Se pueden realizar velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de 50 personas en espacios al aire libre 25 personas en zonas cerrados.

9.Transporte público

La mascarilla sigue siendo obligatoria en el transportes público para los mayores de 6 años (salvo los casos exentos establecidos por Sanidad).

  • En el transporte público por carretera se pueden ocupar todas las plazas disponibles, salvo la fila posterior al conductor si no hay mampara. En las zonas habilitadas para viajar de pie, pueden ir de 2 a 3 personas por metro cuadrado. El nivel de servicio en hora punta será del 100%.
  • En los transportes particulares y privados ya no es necesario que todos los pasajeros del vehículo residan en el mismo domicilio para poder ocupar todas las plazas.
  • En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta 9 plazas (taxis y VTC), pueden ir hasta tres personas por fila de asientos, pero sigue sin poder ocuparse la plaza del copiloto. Los Ayuntamientos, regularán el nivel de servicio del taxi, de acuerdo con las recomendaciones sanitarias de cada momento, teniendo en cuenta las consideraciones del sector.

10. Parques infantiles

A partir del 21 de junio, los parques infantiles y zonas recreativas, pistas de skate o espacios de uso público al aire libre similares volverán a estar abiertos siempre que se respete un aforo máximo estimado de una persona por cada cuatro metros cuadrados en el recinto.

Los parques de bolas y parques recreativos similares no iniciarán su actividad hasta que la evolución epidemiológica lo aconseje.

11. Campamentos

Se pueden realizar campamentos de actividades de tiempo libre para niños y jóvenes con un máximo de 300 asistentes al aire libre y 75 en espacios cerrados. Puedes ampliar información en este artículo sobre los campamentos y actividades de ocio en Madrid.

12. Actividades en la naturaleza

  • Queda prohibido bañarse en ríos, lagos y pozas remansadas de agua dulce y no tratadas.
  • Las áreas recreativas de los montes permanecerán cerradas, salvo que se pueda garantizar que no se supera el 75% del aforo y la desinfección de merenderos, fuentes, etc.
  • Las empresas de turismo activo pueden retomar sus actividades siempre que garanticen el cumplimiento de las medidas de seguridad, con la distancia mínima de 1,5 metros entre los participantes o, en su defecto, el uso de mascarillas.
  • En los centros de interpretación o aulas de la naturaleza, pueden realizarse actividades con grupos de un máximo de 25 personas.
  • Se permiten la caza y la pesca siempre que se respeten las medidas de seguridad (distancia o mascarilla). La solicitud de autorización de actividades cinegéticas con más de un participante debe presentarse con un plan de prevención e higiene.

13. Centros comerciales

  • Hasta el 5 de julio el aforo de las zonas comunes será del 60%
  • Desde el 6 de julio, el aforo será del 75%.

Deben mantenerse abiertos todos los accesos al centro comercial siempre que sea posible, para evitar aglomeraciones. Además, para limitar la permanencia en zonas comunes se desinstalarán o inhabilitarán los bancos, sillones o similares, salvo los estrictamente necesarios para atender a personas mayores o dependientes.

14. Mercadillos

  • Hasta el 5 de junio, el aforo máximo de los mercadillos será del 60%.
  • A partir del  6 de julio el aforo máximo sube al 75%.

Se establecerán itinerarios para dirigir el movimiento de clientes y usuarios y evitar aglomeraciones.

Los establecimientos abiertos al público deben tener gel hidroalcohólico a disposición del público y limpiar y desinfectar las instalaciones al menos dos veces al día.

15. Educación

Primer ciclo de educación infantil (guarderías): A partir del 1 de julio, se abren los centros de educación infantil para que los alumnos puedan ir de forma voluntaria, con preferencia para los padres que tengan que trabajar fuera.

El retorno a las clases presenciales en el curso escolar 2020/2021, dependerá de las condiciones sanitarias vigentes del momento

  • La Consejería de Educación y Juventud va a probar un protocolo de prevención y organización del regreso a las clases en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias actualizadas para el inicio del curso.

Universidad: El curso universitario finalizará a distancia, salvo que sea necesaria alguna actividad presencial, en este caso se debe mantener una distancia mínima de 1,5 metros o utilizar mascarilla.

  • Antes de que finalice el periodo de matriculación, las universidades madrileñas deberán aprobar un plan de actuación para el curso 2020/21.

16. Residencias

  •  Hasta el 5 de julio, los centros de servicios sociales estarán cerrados con la excepción de las residencias.
  • A partir del 6 de julio, los centros de servicios sociales podrán ir reanudando su actividad cuando que la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad permita su reapertura con las condiciones específicas para el desarrollo de su trabajo.

Nuevo protocolo para las residencias de Madrid

La Comunidad de Madrid va a actualizar la regulación de la actividad y las visitas en los centros socio-sanitarios, con un nuevo protocolo que tendrá en cuenta la vulnerabilidad de los colectivos de personas mayores y de personas con discapacidad.

Se mantendrán parte de las normas actuales, pero se flexibilizará el régimen de visitas ( que seguirá siendo con cita previa) para que:

  1. Pueda acudir más de una persona.
  2. Se puede estar más tiempo (hasta el momento, las visitas eran media hora).
  3. Se aumente la frecuencia (hasta ahora las visitas estaban limitadas, por lo general, a una vez por semana).

17. Lugares de trabajo

  • En los centros de trabajo se modificará la organización de los turnos y otras condiciones laborales para garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores y evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas.
  • Todos los empleados dispondrán permanentemente de agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes.

Puedes consultar aquí la ORDEN 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.

 

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comparte si te gusta