La Xunta de Galicia ha convocado las ayudas por conciliación de maternidad y paternidad de 2020 para los autónomos de Galicia que, una vez finalizado su permiso por nacimiento de hijo alguien en su proyecto empresarial para poder ampliar su conciliación de la vida familiar y laboral.

Con esta ayuda, el trabajador autónomo recibe una compensación para contratar a una persona durante un período máximo de un año, con el objetivo de facilitar la conciliación de su vida personal y laboral y la continuidad de su proyecto empresarial.

Además, se subvencionan los gastos de guardería realizados en el período subvencionable.

Dos ayudas para facilitar la conciliación de los autónomos en Galicia

Esta ayuda está formada por dos bonos:

1 Bono concilia

Es una subvención de 500 € por mes completo, por la contratación de una persona durante un período mínimo de seis meses y máximo de un año, una vez finalizado el período de descanso por nacimiento.

  • La contratación debe iniciarse entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.
  • El importe máximo que se puede recibir son 6.000 €.
  • En las contrataciones con jornada a tiempo parcial, la cuantía será proporcional al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación, o en su defecto en la jornada máxima legal.

2 Bono guardería

Los autónomos que obtengan el bono concilia recibirán también una subvención del 75% del coste de los servicios de guardería de 1 de octubre de 2019 a 30 de septiembre de 2020 con un tope  de 3.000 €,

Requisitos para recibir las ayudas por conciliación de maternidad y paternidad

Podrán poder acceder a la ayuda hay que cumplir estos requisitos

  • Estar dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que tengan su centro de trabajo (o domicilio social, en el caso de carecer de éste) en la Comunidad Autónoma de Galicia
  • Haber tenido una baja por maternidad o paternidad y en los 15 días siguientes a su finalización, contratar una persona trabajadora por cuenta ajena.
  • También podrán ser beneficiarias las sociedades que realicen una contratación en las mismas condiciones que en el párrafo anterior con respecto a los autónomos societarios.

La ayuda se puede solicitar hasta el 30 de septiembre, en la web de la Oficina del Autónomo, una ventana única para aligerar los trámites que tienen que hacer los autónomos

 

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