Después de meses de negociaciones, un año después de la entrada en vigor de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, las asociaciones de autónomos y el Gobierno han llegado a un acuerdo para subir la cuota de autónomos en 2019 a cambio de mejorar las prestaciones para este colectivo.

Las nuevas condiciones están recogidas en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

Cuota de autónomos en 2019

A partir del 1 de enero la base mínima de cotización de los autónomos, que es la que eligen la mayoría de los autónomos, pasará de 932,7 euros a 944,40 euros. La subida es de 1,25%.

Además, aumentará el tipo de cotización que se aplica sobre la base de cotización de todos los autónomos, pasando del 29,8% al 30%.

  • Para los autónomos que optan por la base mínima estos cambios suponen  una subida de 5,35 euros en la cuota mensual que pasa  de  278 euros a 283,3 euros  (64,32 euros al año).
  • Para los autónomos que cotizan por una base superior la subida del tipo en dos décimas  (del 29,8 al 30%) tendrá más repercusión al aplicarse sobre una cantidad mayor.

El tipo de cotización del 30%  incluye las siguientes coberturas:

  • 28,30% por contingencias comunes, incorporando la Incapacidad Temporal y equiparándose al Régimen General.
  • 0,9% para todos los trabajadores por contingencias profesionales.
  • El 0,7% para cese de actividad.
  • El 0,1% para Formación y Prevención

Subida de la tarifa plana de autónomos

La tarifa plana a la que pueden acogerse durante los 12 primeros meses de actividad de los nuevos autónomos o las personas que no hayan estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en los últimos 24 meses y vuelvan a darse de alta, sube de 50 a 60 euros, incluyendo la cotización por incapacidad temporal causada por contingencias comunes y profesionales, pero no la cobertura de cese de actividad ni la de formación.

Durante los primeros 12 meses:

  • Si se cotiza por la base mínima, la cuota será de 60 euros: 51,50, por contingencias comunes y 8,50, profesionales.
  • Si se cotiza por encima de la mínima, la cuota por contingencias comunes se reduce en un 80%.

Entre los meses 13 y 24 se aplicará una bonificación sobre la cuota por contingencias comunes que corresponda ( 50%  durante seis meses y 30% los seis meses siguientes).

En algunas comunidades autónomas, como Madrid que aprobó ayudas para mantener la tarifa plana un año más, la tarifa plana dura el doble

Mejoras en las prestaciones de los autónomos

Para “compensar” la subida en las cuotas se han aprobado algunas mejoras:

  1. Duplicar los periodos de duración de la prestación por desempleo para autónomos que pasa de 2-12 meses a 12 a 4-24 meses y flexibilizar las condiciones de acceso, pues hasta ahora eran tan complejas que pocos autónomas han podido cobrar el paro.A partir del 1 de enero será una comisión (formada por un representante de la mutua, de las asociaciones de autónomos y de la Seguridad Social) y no la mutua quién decida si procede o no otorgar el paro. La decisión será vinculante para la mutua.
  2. Derecho  a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja.
  3. Derecho a acceder a formación continua y reciclaje profesional.
  4. Los autónomos no tendrán que pagar la cuota de autónomos a la Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal hasta el momento del alta.
  5. Las mujeres autónomas siguen teniendo protección frente a la maternidad, ya que pueden acceder a la tarifa plana de 60 € durante 12 meses dentro de los 24 meses posteriores al cese de su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela. IMPORTANTE, con fecha 15 de marzo la Seguridad Social ha aclarado en una circular que no es necesario cesar en la actividad para disfrutar de la tarifa plana de autónomos tras la baja maternal

Algunas prestaciones sociales, como la baja desde el primer día no eran universales, sino que se debían cotizar de forma voluntaria para poder disfrutar de ellas

Bonificaciones por discapacidad sobrevenida

Hasta ahora solo tenían derecho a los incentivos y bonificaciones por discapacidad (superior al 33%) los autónomos que tenían esta condición reconocida antes de iniciar el trabajo por cuenta propia. Ahora también podrán solicitar las ayudas por discapacidad los autónomos dados de alta a los que les sobrevenga una discapacidad por accidente, enfermedad, o cualquier otra causa.

Objetivo; que los autónomos paguen en función de sus ingresos reales

A partir del próximo año, la subida se aplicará escalonadamente con los siguientes tramos: en 2019, será del 30%; el 30,3%, en 2020; el 30,6%, en 2021 y en 2022, se fija definitivamente el 31

No obstante, según ha indicado el Gobierno  se está trabajando para que a lo largo de 2019 los trabajadores que cotizan en el régimen de autónomos lo hagan en base a sus ingresos reales y no mediante un sistema que permite elegir la base de cotización como ocurre ahora, pues en la actualidad: el 86% de los autónomos cotizan por la base mínima.

Multas por contratar falsos autónomos

Como la la base mínima de cotización de los autónomos será más baja que la de los asalariados, para que las empresas no caigan en «la tentación» convertir a trabajadores contratados en falsos autónomos (autónomos que trabajan a diario en una empresa) la ley contemplan multas de 3.000 a 10.000 euros, por trabajador, para los  empresarios que contraten «falsos autónomos».

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