El 24 de abril se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) la  orden que regula los requisitos para obtener el título de familia monoparental en Aragón. El  nuevo título se podrá solicitar a partir del 14 de mayo.

Requisitos para obtener el título de familia monoparental en Aragón

Según, se recoge en el artículo 2 de la ORDEN CDS/384/2019, de 4 de abril, por la que se regulan los requisitos para la calificación de familia monoparental y el procedimiento de reconocimiento y expedición del Título de Familia Monoparental de la Comunidad Autónoma de Aragón, se es familia monoparental

  • Cuando  los hijos e hijas únicamente estén reconocidos legalmente por una única persona progenitora.
  • Cuando el progenitor/a es una persona viuda o en situación equiparada, con hijos e hijas que dependan económicamente de ella, sin que a tal efecto se tenga en cuenta la percepción de pensiones de viudedad u orfandad.
  • Cuando la persona que encabeza la unidad familiar acoja a uno o varios menores mediante la correspondiente Resolución administrativa o judicial, por tiempo igual o superior a un año, o tenga, en situación de acogida permanente a mayores de edad que cumplan los requisitos establecidos para los hijos.
  • Cuando una de las personas progenitoras haya abandonado el domicilio familiar y sus obligaciones económicas y parentales.
  •  Cuando la persona que encabeza la unidad familiar tenga la guarda y custodia exclusiva de los hijos e hijas, y no haya percibido la pensión por alimentos establecida judicialmente o en convenio regulador a favor de los hijos e hijas durante 6 meses consecutivos o alternos, en el período de los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud, o que, aun percibiendo la pensión por alimentos establecida judicialmente, sus ingresos familiares sean inferiores a 1,5 veces el IPREM vigente calculado en doce mensualidades.
  • Cuando la persona que encabeza la unidad familiar con hijos e hijas a cargo, haya sufrido violencia de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la Violencia de Género y la Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón.

Requisitos que deben cumplir los hijos para ser familia monoparental

  • Ser menores de 26 años, excepto en los casos en que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • Convivir con el progenitor que pide el título. La separación transitoria, con una duración inferior a dos años, motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación, internamiento u otras causas similares, incluyendo los supuestos de fuerza mayor, no rompe la convivencia entre la persona progenitora y los hijos e hijas, aunque sea consecuencia de un traslado temporal al extranjero.
  •  Depender económicamente del progenitor que pide el título. Se considera que hay dependencia económica si los ingresos del  hijo o hija obtenga son  inferiores, en cómputo anual, al IPREM, incluidas las pagas extraordinarias
  •  El progenitor  que encabeza la unidad familiar debe estar empadronado en algún municipio de Aragón con un período mínimo de 12 meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud y el resto de personas que integran la unidad familiar deben tener su residencia efectiva en el mismo domicilio, salvo en los supuestos de separación transitoria mencionados anteriormente.

Categorías de familia monoparental en Aragón

La norma califica las familias monoparentales en dos categorías

Familia monoparental de categoría general:

  • Familias monoparentales formadas por el progenitor que pide el título de familia monoparental y un hijo o hija.

Familia monoparental de categoría especial:

Familias monoparentales formadas por el progenitor que pide el título y dos o más hijos o hijas.

  • Las familias monoparentales formadas por el progenitor que pide el título y un hijo o hija con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez o cualquiera otra que determine la imposibilidad de desarrollar un trabajo remunerado.
  • Las familias monoparentales formadas por el progenitor que pide el título y uno o más hijos o hijas cuando el progenitor tenga reconocida una discapacidad superior al 65 por ciento, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez.
  • Las familias monoparentales de categoría general cuando los ingresos anuales de la unidad familiar, divididos por el número de personas que la integran, no superen 1,5 veces el IPREM vigente calculado en doce mensualidades.
  • Las familias monoparentales en las que la persona que encabeza la unidad familiar haya sufrido violencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.f. de esta Orden.

Cómo y cuándo solicitar el título de familia monoparental en Aragón

Los impresos para solicitar el título, que se podrá solicitar por internet y a través de los registros autonómicos, estarán disponibles en la web del gobierno de Aragón a partir del 14 de mayo. La documentación a adjuntar se detalla en el artículo 7 de la Orden que regula los requisitos para ser familia monoparental

Una vez que se conceda el título, cada miembro de la familia recibirá un carné de familia monoparental (como ocurre con las familias numerosas).

Beneficios de las familias monoparentales

En Aragón las familias monoparentales ya tienen algunos beneficios, como la obtención de más puntos para elegir colegio o para solicitar viviendas de alquiler social.

El título facilitará la tramitación y está previsto que las ayudas se incrementen a medio plazo.

Puedes ampliar información en este enlace del Gobierno de Aragón sobre el título de familia monoparental.

Aragón es la tercera comunidad que reconoce la categoría de familia monoparental, tras Cataluña y Valencia. Aquí puedes consultar las  ayudas que tienen las familias monoparentales de forma general.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

 

4 Comentarios

  1. Belinda

    Hola , donde se solicita ? Gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Como se indica en el artículo: Los impresos para solicitar el título, que se podrá solicitar por internet y a través de los registros autonómicos, estarán disponibles en la web del gobierno de Aragón a partir del 14 de mayo.

      Responder
  2. Milagros

    Yo soy familia numerosa y tengo el carnet pero no se si twngo que solicitar lo de familia monoparamental soy viuda con un hijo de 18 estudiando y 12 cobró viudedad y orfandad ruego me informen mejor gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      depende de si donde resides hay o no título de familia monoparental

      Responder

Dejar una respuesta a Mujer y MADRE hoy Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comparte si te gusta