El Ministerio de Transición Ecológica ha emitido una nota informativa aclarado que, aunque el 31 de diciembre ha finalizado el plazo para renovar el bono social de la luz (para los consumidores que lo tenían antes de octubre de 2017), el descuento se puede pedir en cualquier momento, tanto si se hace por primera vez como si ya se ha tenido.

El bono social eléctrico es un descuento en la factura de la luz del 25% o el 40%, del que se pueden beneficiar hogares en situación de vulnerabilidad  (con una renta máxima) y también todas las familias numerosas y los pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente que cobran la cuantía mínima. Además  las familias monoparentales tienen diferente valoración de renta que las familias con dos progenitores.

Para pedir el Bono Social hay que acogerse a la tarifa de último recurso (que estipula el Ministerio) y no a una tarifa de comercio libre.

El bono social da derecho a un descuento del 25% (40 para el consumidor vulnerable severo) hasta un tope anual de consumo, que, por ejemplo, en el caso de las familias numerosas es de 4.140 kw/h al año.

El límite anual con derecho a descuento se prorratea entre el número de días del periodo facturado en cada recibo. Por ejemplo, en una factura mensual de una familia numerosa el límite máximo sería de 345 kilowatios  (12×345 =4.140).

Si en una factura no se alcanza el consumo máximo que corresponde según el prorrateo, el descuento no aplicado se puede acumular para otros meses de mayor consumo.

Los usuarios que no hayan renovado pueden pedir el bono social nuevamente

Los usuarios del antiguo bono social de la luz que no hayan renovado antes del 31 de diciembre dejarán de tener el descuento en la factura de la luz. Pero pueden volverlo a pedir en cualquier momento, presentando la documentación necesaria en la compañía de la luz. Es decir los usuarios del antiguo bono social que, no hayan renovado el bono a 31 de diciembre, aún cumpliendo los requisitos, no pierden su derecho a solicitarlo.

 

Igualmente, cualquier consumidor que reúna los requisitos para acceder al bono social puede solicitarlo en cualquier momento.

Resumo los papeles que hay que presentar, que no son pocos, aunque puedes ampliar información en este artículo sobre cómo renovar (o pedir) el bono social si eres familia numerosa

  1. Formulario de solicitud rellenado y firmado por todos los mayores de edad. En la web Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia hay una lista con los comercializadores de referencia y sus teléfonos y webs donde descargar el formulario para solicitar el Bono Social.
  2.  Fotocopias de los DNI de todos los miembros de la familia mayores de 14 años o menores si lo tienen.
  3.  En el caso de ser familia numerosa, fotocopias del título de familia numerosa en vigor.
  4.  Fotocopia del Libro de Familia.
  5.  Un certificado de empadronamiento que no tenga una antigüedad superior a tres meses.
  6. En caso de que aplique alguna de las circunstancias especiales (discapacidad reconocida igual o superior al 33%, violencia de género o víctima de terrorismo): certificado de los servicios sociales del órgano competente.

Los usuarios que hayan pedido el bono social antes del 31 de diciembre de 2018 tendrán este año una ayuda directa del Gobierno para gastos de calefacción (bono social térmico).

No se podrá cortar la luz en hogares con bono social donde vivan menores de 16 años o personas con discapacidad

 

El Gobierno también ha recordado que Real Decreto Ley 15/2018 que alargó el plazo para renovar el bono social al 31 de diciembre de 2018 y modificó la forma de calcular el límite con descuento, prohíbe el corte de suministro en los hogares acogidos al bono social donde viva al menos un menor de 16 años,  una persona con un nivel de discapacidad del 33% o superior o una persona en situación de dependencia en Grado II y III.

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