Hoy entra en vigor la Ley del Teletrabajo, 20 días después de la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 28/2020 de trabajo a distancia que tiene como objetivo que los trabajadores a distancia tengan los mismos derechos que los trabajadores que realizan el trabajo las instalaciones de la empresa.

 La opción de teletrabajar es voluntaria

Actualmente, muchas personas están teletrabajando como medida preventiva del contagio de Covid. Para evitar que esta situación se mantenga en el tiempo sin ser necesaria, el decreto establece que  la opción de teletrabajar es voluntaria para el trabajador y para la empresa, es decir precisa un acuerdo entre trabajadores y empleadores. Este acuerdo debe firmarse por escrito e inscribirse en la oficina de empleo y hay que entregar una copia a los representantes de los trabajadores.

Además, el acuerdo es reversible, es decir se puede volver al trabajo presencial tras acordar el trabajo a distancia

¿Me pueden despedir si me niego a teletrabajar?

Al tratarse de un acuerdo voluntario, la ley establece que negarse a teletrabajar no puede ser causa de despido. En concreto, el artículo 5.2 del Real Decreto establece que » La negativa de la persona trabajadora a trabajar a distancia, el ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial y las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia que estén exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia, no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo».

¿Quién paga los gastos del teletrajo (luz, teléfono…)?

El Real Decreto Ley especifica que el teletrabajador tiene derecho al abono y compensación de gastos de equipos, herramientas consumibles que ocasione la actividad laboral.

En concreto, en el artículo 7 se  establece que el acuerdo debe incluir la » enumeración de los gastos que pudiera tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia, así como forma de cuantificación de la compensación que obligatoriamente debe abonar la empresa y momento y forma para realizar la misma, que se corresponderá, de existir, con la previsión recogida en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación.

En el artículo 11 se indica  que » las personas que trabajan a distancia tendrán derecho a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad, de conformidad con el inventario incorporado en el acuerdo referido en el artículo 7 y con los términos establecidos, en su caso, en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación» y que además se garantizará la atención precisa en el caso de dificultades técnicas.

El artículo 12 regula el derecho al abono y compensación de gastos y establece:

1. El desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral.
2. Los convenios o acuerdos colectivos podrán establecer el mecanismo para la determinación, y compensación o abono de estos gastos.

Cómo se regula el horario en el teletrabajo

Una de las principales quejas de las personas que trabajan a distancia es la falta de respeto a los horarios. «El jefe me llama fuera de horario». «Me piden que saque adelante una gestión cuando ya ha finalizado mi jornada»… Parece que al esta en casa, estás disponible a cualquier hora. Pero esto no debe ser así.

  • La ley recoge el derecho a la desconexión digital del trabajador fuera de su horario de trabajo y obliga a establecer en el acuerdo escrito el horario de trabajo de la persona trabajadora y dentro de él, indicando el inicio y fin de la jornada y, en su caso, reglas de disponibilidad.
  • Igualmente, se permite flexibilizar el horario de prestación de servicios según lo establecidos en el acuerdo de trabajo a distancia y la negociación colectiva.

Puedes a ampliar información en el artículo el Gobierno regula el teletrabajo

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