La Xunta de Galicia ha convocado ayudas para los padres con reducción de jornada por cuidado de hijos menores de 3  años o de 12 años con discapacidad. El plazo para pedirlas va del 23 de mayo al 24 de junio.

El objetivo de esta convocatorias de ayudas por reducción de jornada es conseguir un reparto equilibrado de las tareas en domésticas y del cuidado de hijos menores de 3 años, (tareas que en la mayoría de los casos recaen en las madres) y acabar con el estereotipo de que es la mujer que tiene que sacrificar su carrera profesional, para atender ellas casi exclusivamente a los hijos e hijas.

Los principales destinatarios de la ayuda por reducción de jornada son los hombres

Por ello, los principales destinatarios de la ayuda por reducción de jornada son los hombres que trabajen y se hayan acogido a una reducción de su jornada laboral para cuidar a su hija y/o hijo menor de tres años, aunque las mujeres también pueden pedirlas si son  familiares monoparentales o la familia está formada por una pareja de mujeres.

Así, podrán pedir la ayuda por reducción de jornada:

  1. Cuando los progenitores sean un hombre y una mujer: el padre
  2. En familias monoparentales formadas por una mujer y su(s) hijos(s): la madre.
  3. En familias formadas por dos mujeres: una de las madres.

Requisitos para pedir la ayuda por reducción de jornada

En todos los casos hay que cumplir estos requisitos:

  1. Estar empadronadas en cualquier ayuntamiento de la Comunidad Autónoma gallega, como mínimo, desde el 1 de enero de 2018 y mantener esta condición durante todo el período subvencionable.
  2. Haberse acogido a una reducción de jornada para el cuidado de un hijo o hija menor de tres años, o menor de 12 años en el supuesto de que padezca una discapacidad reconocida de porcentaje igual o superior al 33 % en el período comprendido entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2019, ambos inclusive.
  3. Convivir con la hija o el hijo durante el período subvencionable. En los casos en los que exista un acuerdo de custodia compartida, se computará el tiempo de convivencia y el cálculo del período objeto de la subvención de forma proporcional
  4. En el caso de familias no monoparentales, el cónyuge o pareja deberá ser una persona trabajadora por cuenta ajena o bien autónoma y mantener esa situación durante todo el período subvencionable. Se entenderá que se cumple este requisito si, existiendo períodos no trabajados, la suma de estos no supera el 5 % del período subvencionado, sea este continuado o fraccionado.
  5. Los ingresos de la unidad familiar no pueden ser superiores a 7 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para el año 2018.
  6. En ningún caso podrán ser beneficiarias de esta ayuda las personas progenitoras privadas de la patria potestad de sus hijas o hijos, o si su tutela o guarda fue asumida por una institución pública.

Cuantía de la ayuda por reducción de jornada

La  cuantía de esta ayuda dependerá del porcentaje de reducción de la jornada laboral y de su duración, en atención al número de hijas e hijos a cargo de la persona solicitante, de acuerdo con los siguientes tramos:

1. Reducción de jornada del  12,5 % al 25 % de una jornada laboral a tiempo completo o período equivalente en el caso de jornada a tiempo parcial, durante todo  el período subvencionable (8 meses):

  • Con un hijo o hija a cargo: 1.700 euros.
  • Con dos hijos o hijas a cargo: 2.000 euros.
  • Con tres o más hijos o hijas a cargo: 2.300 euros.

 

2. Reducción de jornada del 25 % al 37,50 % de una jornada laboral a tiempo completo o período equivalente en el caso de jornada a tiempo parcial, y durante todo el período subvencionable (8 meses):

  • Con un hijo o hija a cargo: 2.800 euros.
  • Con dos hijos o hijas a cargo: 3.100 euros.
  • Con tres o más hijos o hijas a cargo: 3.400 euros.

 

3. Reducción de de jornada del 37,50 % al 50 % o más de una jornada laboral a tiempo completo o período equivalente en el caso de jornada a tiempo parcial, durante todo  el período subvencionable (8 meses):

  • Con un hijo o hija a cargo: 3.100 euros.
  • Con dos hijos o hijas a cargo: 3.400 euros.
  • Con tres o más hijos o hijas a cargo: 3.700 euros.

– Para contabilizar el número de hijos e hijas solo se tendrán en cuento los hijos e hijas menores de 12 años, incluidos aquellos por los que se pide la reducción de jornada.

– La cuantía de la ayuda se reducirá proporcionalmente cuando el período subvencionable sea inferior a 8 meses.

La convocatoria se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el 22 de mayo.

Las solicitudes se debe presentar obligatoriamente por medios electrónicos a través de un formulario o disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia .

 

 

 

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