Las personas que no tienen derecho a la prestación por desempleo por no haber cotizado lo suficiente o que la han agotado sin haber encontrado trabajo pueden pedir el subsidio por desempleo si los ingresos de la familia no superan un límite.

La duración del subsidio por desempleo depende de la edad del solicitante y de si tiene o no cargas familiares. Te cuento las condiciones y requisitos del subsidio por desempleo por cargas familiares.

Subsidio por desempleo por cargas familiares

1.Importe y duración del subsidio por desempleo por cargas familiares

1.1 El importe del subsidio por desempleo por cargas familiares

Actualmente, el importe del subsidio por cargas familiares es el 80% del IPREM. Cuando entre en vigor la reforma subirá al 95% del IPREM durante los 6 primeros meses y el 90% entre los días 181 y 360.

El subsidio se paga cada mes, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.

Si la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva por desempleo que se ha terminado fue a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje.

1.2 Duración del subsidio por desempleo por cargas familiares

El subsidio por desempleo por cargas familiares dura inicialmente 6 meses, prorrogables por periodos semestrales en función de lo que haya durado la prestación por desempleo que se ha agotado y la edad del receptor:

  • Los menores 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tienen derecho a cobrar el subsidio por desempleo durante 18 meses.
  • Los menores 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tienen derecho a cobrar el subsidio por desempleo durante 24 meses.
  • Los mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tienen derecho a cobrar el subsidio por desempleo durante 24 meses.
  • Los mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tienen derecho a cobrar el subsidio por desempleo durante 30 meses.

Cuando no se ha cotizado lo suficiente (1 año) para tener derecho a una prestación contributiva el subsidio y se cumplen los requisitos para pedir el subsidio por desempleo por cargas familiares, se puede cobrar el subsidio si se han cotizado al menos tres meses. La duración del subsidio depende del tiempo que se haya cotizado así:

  • Si han cotizado menos de 6 meses: el mismo tiempo que se ha cotizado si , si han cotizado 3 meses pueden cobrar el subsidio durante 3 meses, si han cotizado 4, durante 4 y si han cotizado 5 durante 5.
  • A partir de 6 meses de cotización. pueden recibir el subsidio hasta 21 meses.  El subsidio por desempleo se reconoce por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses.

2. Requisitos para recibir el subsidio por desempleo por cargas familiares

2.1. Haber cotizado al menos tres meses y no tener derecho a prestación por desempleo por no haber cotizado lo suficiente o haber agotado la prestación por desempleo y llevar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agotó la prestación sin haber rechazado ofertas de trabajo ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en actividades de  formación. 

2.2 No tener rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.

2.3 Tener cargas familiares, es decir tener a cargo al cónyuge o a algún hijo o hija menor de 26 años o mayor con discapacidad o personas menores acogidas, que conviven o dependen económicamente del progenitor y no tienen rentas mensuales superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Por lo tanto, la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar dividida entre el número de componentes de la misma, no debe superar el 75 % del SMI.

  • A efectos del subsidio, la pareja de hecho del solicitante no se considera integrante de su unidad familiar, ni como carga familiar. 
  • No obstante, cuando la su unidad de convivencia está formada por la pareja de hecho y los hijos o hijas comunes menores de 26 años o mayores con discapacidad se calculará la renta de los hijos o hijas, imputándoles a cada uno de ellos/as, el resultado de dividir todas las rentas del otro progenitor/a entre éste/a y el número total de hijos o hijas que dependan de él o ella.
  • Si el solicitante del subsidio convive solo con sus hijos menores de 26 o mayores con discapacidad, debe acreditar las rentas o la carencia de rentas de todos ellos.

A partir de los 52 años es posible que se tenga derecho al subsidio por desempleo para mayor de 52 años. Puedes informarte de las condiciones aquí

El subsidio por desempleo para mayores de 45 años

Los mayores de 45 años sin cargas familiares también pueden pedir el subsidio por desempleo si agotan la prestación por desempleo y no tienen rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. En este caso la duración del subsidio es de 6 meses.

Los mayores de 45 años sin cargas familiares que no han cotizado lo suficiente para cobrar la prestación por desempleo pueden pedir el subsidio por desempleo siempre que hayan cotizado al menos 6 meses.

¿Y los menores de 45 años sin cargas familiares pueden pedir el subsidio por desempleo?

Actualmente, los menores de 45 años sin cargas familiares solo pueden acceder al subsidio por desempleo cuando no tienen derecho a la prestación por desempleo y han cotizado al menos 6 meses.

La reforma que entrará en vigor en junio permitirá que los menores de 45 años sin cargas familiares puedan acceder al subsidio siempre que la prestación por desempleo agotada haya tenido una duración igual o superior a 360 días.

Cómo solicitar el subsidio por desempleo

El subsidio se pide en las oficinas del SEPE en los 15 días hábiles que siguen al cese involuntario en el empleo o al día que finalice el período de vacaciones pendiente de disfrutar, o transcurrido un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva, una

La solicitud se puede hacer en una oficina del SEPE con cita previa o a través de la sede electrónica del SEPE con DNI electrónico, certificado digital o cl@ve. Tienes información sobre cómo obtener estos sistemas de identificación en el artículo Métodos de identificación electrónicos para hacer trámites on line con la administración

Para pedir el subsidio por desempleo hay que presentar:

  • El modelo oficial de solicitud, que se puede descargar en este enlace del SEPE desde el que también se puede pedir cita previa.
  • Justificante de los ingresos obtenidos en el mes anterior a la solicitud por  cónyuge y/o hijos.
  • Libro de familia y según el caso, sentencia y/o convenio regulador donde figure la cantidad por pensión alimenticia a favor de los hijos o hijas y de la pensión compensatoria en caso de divorcio, discapacidad de los hijos, etc.

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4 Comentarios

  1. Eugenia

    Cuando se te archiva por falta de papeleo se puede volver a solicitar

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Buenos días, lo siento pero esta web no pertenece a la administración. TE aconsejo que consultes en el SEPE.

      Responder
  2. Ana María Quevedo Martín

    Yo soy fija descotinua que puedo pidir

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      TE aconsejo que consultes tu situación particular en las oficinas del SEPE, habrá que mirar tiempo de cotización y si se cumplen todos los requisitos, etc.

      Responder

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