Importante, En enero de 2024 el Supremo ha dicho que también se puede aplicar la deducción por guardería por los gastos en guarderías que no tienen autorización para dar educación infantil. Por otro lado, los requisitos de la deducción por maternidad que da derecho a aplicar la deducción por guardería han cambiado en 2023, tienes información en el artículo Los nuevos requisitos de la deducción por maternidad desde 2023.

Las madres con derecho a aplicar la deducción por maternidad (o cobrarla de forma anticipada) pueden aplicarse también una deducción por guardería de hasta 1.000 €, en la declaración de la renta. La deducción se aplica al hacer la declaración de la renta. No se puede cobrar por adelantado porque es necesario que el centro de educación infantil pase los datos al Estado una vez finalizado el año.

Características de la deducción por guardería

Importe

La deducción puede ser de  hasta 1.000 €/año por hijo por gastos en centros de educación infantil autorizados.

Requisitos para poder beneficiarse de la deducción por guardería

Para poder acceder a la deducción por guardería hay que cumplir estos requisitos:

  1. Tener derecho a la deducción por maternidad.
  2. Tener gastos de custodia por hijo o hijos matriculados en una guardería o centro de educación infantil autorizado siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie.

Hasta el curso en el que el niño cumpla tres años (incluido todo el curso)

La deducción se puede aplicar hasta el curso en el que el niño cumple los tres años.

En concreto, Hacienda indica en su web que “en el año en que el hijo menor cumpla tres años, se puede aplicar la deducción respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquel en el que el niño pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil (normalmente septiembre)».

Es decir, por ejemplo, si el niño cumple los tres años en febrero y sigue matriculado en la guardería hasta julio, se tendrán en cuenta también los gastos de custodia abonados en marzo, abril, mayo, junio y julio, ya que el niño no empezará el colegio hasta septiembre.

Cómo demostrar los gastos de custodia en la guardería

Aunque es conveniente guardar los recibos del centro de educación infantil, por si acaso, las madres no tienen que realizar ningún trámite para demostrar el gasto porque los centros  infantil tienen que pasar los datos a Hacienda a principios del siguiente año.

Según se indica en la Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados», las guarderías o centros infantiles deberán presentar una declaración informativa sobre los menores y los gastos que den derecho a la aplicación del incremento de la deducción por maternidad.

Para ello tienen que cumplimentar la Declaración informativa por gastos en guarderías o centro de educación infantil autorizados – modelo 233 – con los datos de los padres de los niños, los meses completos en la guardería/centro de educación infantil, incluso cuando parte de los mismos tengan el carácter de no lectivos, y los gastos anuales pagados a la guardería/centro de educación infantil.

Los centros de educación infantil deben presentar este modelo en el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior.

¿Qué gastos se consideran gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados?

Según explica Hacienda en su web, se consideran gastos de custodia las cantidades pagadas a guarderías y centros de educación infantil autorizados por:

  • Inscripción y matricula, asistencia, en horario general y ampliado, y alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos.

Se considera tanto el importe pagado por la madre como el satisfecho por el otro progenitor, adoptante, tutor o acogedor.

NO se tendrán en cuenta:

  • Las cantidades abonadas por la empresa en la que trabajan la madre, padre, adoptante, tutor o acogedor del menor
  • Las cantidades subvencionadas (con becas de las comunidades autónomas, cheque guardería, y demás ayudas para pagar los centros de educación infantil.

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124 Comentarios

  1. Nuria

    Somos un matrimonio, donde trabajamos los dos, tenemos 2 hijas menores de 25 años, una de ellas va a la guardería. Una asesoría ha hecho mi declaración pero me entran dudas de si está bien o no. A mi me han puesto la deducción de guardería (que por lo que he leído por aquí, tengo que meter yo el 100%) pero luego quedaría la deducción por cuidado de hijos menores hasta 25 años, deducción de 300€ por hijo en el Principado de Asturias. A mi no me metieron ninguna deducción, es porque al poner ya la otra deducción de la guardería (que se que no es compatible con esta otra) ya no puedo deducir por mi otra hija que no va a la guardería? He intentado mirarlo yo por mi cuenta y al poner esa deducción a mi marido, si que le modifica la cuantía a devolver( y de hecho a mi me aparece en el resumen al modificárselo a él) pero a mi no me modifica la cuantía a devolver. Es por ese motivo? A mi marido le salen 300€, entiendo que son 150 por cada una (al 50%)

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Lo siento pero desconozco cómo son las deducciones en Asturias. Te aconsejo que si no te ha quedado claro pidas cita en Hacienda para revisar la declaración.

      Responder
  2. Eli

    Hola.
    Mi duda es la siguiente. Trabajo en la guardería concertada autorizada, donde llevo a mi hijo (soy la administrativa) y la plaza de guardería no la pago por convenio pero si los gastos de comedor, materiales y demás. La empresa tiene que declarar la gratuidad de la plaza? Puedo beneficiarme de la ayuda de los 1000€? el año 2021 pagué 1700€ de los gastos que he mencionado antes de guardería. En la renta me indican que el importe de la gratuidad me la ha abonado la empresa como conceptos no derivados de incapacidad laboral en especies, cuando yo no he visto ni un euro de eso. Eso es correcto? Gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Tienes toda la información sobre la deducción por guardería en este enlace de Hacienda. No obstante, igual te interesa pedir cita en Hacienda para que te aclaren todo esto. t

      Responder
  3. Montse

    Hola, somos una pareja de madres casadas y ambas trabajando. Una de las madres cobra los 100 euros de madre trabajadora. Cuando hago la declaración de la renta y quiero incorporar el Incremento de la deducción por maternidad por gastos en guardería, me dice que tengo que dividirlo entre las dos madres. Esto sería, por ejemplo, si hemos pagado 1000 de guardería al año, poner que una madre pagó 500 y la otra 500? Por otro lado, los 100 euros de madre trabajadora solamente los pongo en una de las madres o también los divido por la mitad? Muchas gracias.

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      la Dirección General de Tributos (DGT) del Ministerio de Hacienda respondió a una consulta vinculante sobre la aplicación de la deducción por maternidad en el caso de matrimonio formado por dos mujeres, que «si las dos mujeres son madres de los dos menores y tienen derecho a la deducción por maternidad por cumplir los requisitos necesarios para beneficiarse de la misma (que puedes consultar aquí), el importe de la misma se prorrateará entre ellas por partes iguales. T

      Responder
      • laura

        ¿ Y en un matrimonio de gananciales la madre que se deduce? el 100 % de lo que la guardería ha declarado o el 50 % ya que el otro 50% sería del padre?

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          Buenos días, la deducción es para las madres, al 100% y solo la pueden aplicar las mujeres que tienen derecho a la deducción por madre trabajadora.

          Responder
  4. Ana Belén

    Buenos días,
    La casilla de gastos de guardería me aparece vacía, por lo que la tengo que rellenar. Mi pregunta es: ¿tengo que incluir todos los gastos de guardería del año o un porcentaje, dependiendo de la comunidad autónoma? No tengo cheque de guardería ni mi empresa lo incluye en la nómina ni nada.
    Gracias de antemano.

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      buenas tardes, tienes más información sobre cómo aplicar la deducción por guardería en la renta en el artículo Responder

  5. Loa

    Buenas,

    Tengo una duda, me dieron la ayuda por madre trabajadora que he cobrado durante todo el año mes a mes, entiendo que no es necesario indicarlo en la declaración, pero, si quiero meter los gastos por guardería en la casilla 613 (los cuales no me salen en el borrador y tengo que meter manualmente), tengo que indicar el tema de madre trabajadora.
    Respecto a la casilla 613, mi hija comenzó la escuela en abril 2021 (sin cheque) que ya nos lo dieron en septiembre, hay que meter todos los gastos o únicamente desde el mes que ha tenido cheque?

    Gracias y un saludo.

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Hacienda dice que al calcular los gastos no se tendrán en cuenta Las cantidades subvencionadas (con becas de las comunidades autónomas, cheque guardería, y demás ayudas para pagar los centros de educación infantil.

      Responder
    • Leticia

      Hola, buenas noches, tengo una duda, mis niños de 8 meses y 28 meses están en la guardería y en Agosto, como todas las guarderías, cierran pero tengo opción de que sigan como un campamento de verano, y mi duda es que si eso se puede deducir en la declaración de la renta, soy madre trabajadora y en Julio y Agosto, por convenio, no podemos coger vacaciones

      Responder
      • Mujer y MADRE hoy

        Lo siento pero esta web no pertenece a Hacienda, pero quizá puedas encontrar alguna mención sobre tu situación particular en e la Agencia Tributaria, deducción por guardería

        Responder
  6. Oscar

    Si el recibo viene a la cuenta mía (padre), no estamos casados (pareja de hecho), aún así la madre puede incluirlo en la renta? Gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Buenos días, tienes más información sobre la deducción en Hacienda. espero que encuentres la solución a tu duda particular, sino te aconsejo consultarlo con un técnico de hacienda.

      Responder
    • Mónica

      Si, yo soy el mismo caso y lo que debéis hacer es declarar la misma cantidad al 50% cada uno ya que hacéis declaraciones por separado.
      Un saludo.

      Responder
  7. Gemma

    Tengo una duda. Soy de Cataluña. Tengo gemelos y de gasto de guardería tengo 777€ por uno y por el otro 604€= total de 1381€. Pero en la casilla 0613 del borrador pone 1166€. No tendría que aparecer el importe total de 1381€ O se tiene que aplicar algun porcentaje?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Buenos días, te aconsejo que consultes con la guardería la declaración de gastos que ha pasado a HAcienda por tus hijos y por qué.

      Responder
  8. María AG

    Buenas tardes. Es la primera vez que vamos a incluir los gastos de guardería en la declaración, y tenemos una duda. Mi pareja y yo (no estamos casados), hacemos la declaración individual. La guarde nos ha pasado el modelo 233 y supongamos que nos ha puesto 500€ de gastos en 2021. En nuestras declaraciones, sólo la mamá puede deducirse los gastos? O en este caso, ¿tendríamos que incluir 250€ cada uno en nuestras respectivas declaraciones? Gracias de antemano

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Buenos días, uno de los requisitos para poder aplicar la deducción por guardería es aplicar la deducción por madre trabajadora. Por lo tanto la deducción es para las madres.

      Responder
  9. susana

    buenas!! en el borrador no me aparece los gastos de guarderia, pero me indican desde alli que si que lo han notificado a hacienda, si los meto yo manualmente puedo tener problemas con Hacienda??

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Según explica HAcienda en su web La deducción por guardería tiene que aparecer en el apartado cuota diferencial. Si no viene, se puede modificar la declaración y añadir los gastos por guardería en 2021 la casilla 613. Si tienes dudas, puedes esperar y hacer la declaración por teléfono o en persona con Hacienda

      Responder
  10. Alejandra

    Hola! Tengo una consulta con la deducción autonómica por gastos de guardería. Parte del importe lo abono en cheque guardería a través de mi empresa y parte en transferencia. En la deducción estatal tengo claro que solo puedo incluir la parte no abonada en cheque guardería, pero en la deducción autonómica? Alguien me puede ayudar? Gracias.

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Buenos días, las condiciones dependerán de los requisitos que tenga tu comunidad autónoma para aplicar la deducción. Estaría bien que indiques de qué comunidad se trata por si lo lee alguien con una situación similar y te puede ayudar.

      Responder
  11. laura

    Hola! Mi hijo estuvo matriculado en una escuela infantil privada autorizada de la Comunidad de Madrid en el año 2020. Solo pudo asistir de forma presencial los meses de Enero, Febrero y Marzo por el tema del Covid, pero el resto de meses hasta Junio (Curso escolar) estuve pagando igualmente la cuota minima que puso la guarderia hasta la finalizacion del curso. La guarderia solo ha notificado asistencia completa el mes de Enero, Febrero y Marzo, ¿Tendrian que haber notificado tambien el resto, porque claro no me aparecen para deducir en la declaracion de la renta?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Entiendo que donde mejor te pueden informar es en la propia guardería. no obstante, tienes más información sobre los requisitos para poder aplicar la deducción la web de hacienda. Entre ellos dice que Se consideran gastos de custodia las cantidades que cumplan los siguientes requisitos: los que «Se abonen por la preinscripción o matrícula, la asistencia, en horario general o ampliado, y la alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos.

      Responder
  12. Jorge

    Hola,
    Entiendo que el mes de Marzo de 2019, como consecuencia de paralizar las clases a mitad de ese mes por la pandemia y no poder asistir el niño o niña el mes completo, esto no permitirá percibir esos 83,33€ correspondiente a ese mes. ¿estaria en lo cierto?
    Gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Entiendo que te refieres a marzo 2020. LA deducción es por los gastos de guardería. dependerá, por tanto, de que los hayas tenido o no

      Responder
  13. Daniel

    Hola, somos una pareja que tenemos una hija en una Guardería Autorizada.
    En el borrador de mi pareja le corresponde una cantidad de deducción con la información que ha declarado la Guardería.
    El Asunto es que a mí (padre) mi empresa me abona una parte del sueldo en concepto de cheque guardería. ¿Tendría mi pareja que descontar estos pagos a la cantidad sobre la que se calcula la deducción por gastos de custodia en guarderías? Muchas gracias.

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Para aplicar la deducción por guardería no se pueden tener en cuenta las cantidades abonadas por la empresa en la que trabajan la madre, padre, adoptante, tutor o acogedor del menor

      Responder
  14. silvia

    mi empresa me da la posibilidad de pagar la guarderia contra la nomina por lo que me beneficiaria de la parte impositiva que minora el gasto de guarderia, y luego se que esta esta desgravacion en hacienda. ¿me interesa pasarlo por nomina o es mejor desgravarme solo en hacienda?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      No entiendo a qué te refieres, pero espero que alguien que sepa lo que es y lo lea pueda decirte algo.

      Responder
      • Susana

        Buenas, mi guardería me indica que si que ha presentado el modelo 233 a Hacienda pero a mí no me aparece en los datos fiscales como puedo deducirmelo??

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          Según explica HAcienda en su web La deducción por guardería tiene que aparecer en el apartado cuota diferencial. Si no viene, se puede modificar la declaración y añadir los gastos por guardería en 2021 la casilla 613

          Responder
  15. Pedro Alberto

    Buenas tardes, donde podría ver el % que te reducen de los gastos de guardería en función de la renta para la comunidad de Andalucía, busco por internet y no lo encuentro por ninguna web. Gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Lo siento pero no entiendo a qué te refieres con el porcentaje. La deducción por guardería que se explica en este artículo es una cantidad fija de de hasta 1.000 euros/año por hijo siempre que se cumplan los requisitos.

      Responder
  16. Maria

    Hola,
    He estado trabajando desde septiembre hasta el dia 5 diciembre y mi hijo ha ido desde enero a diciembre, tengo derecho a los 4 meses o solo 3, que cantidad?83.33 por los meses?
    Me han puesto el nombre de otro niño en los datos fiscales, que puedo hacer

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      tendrás derecho los mismos meses que tengas derecho a la deducción por madre trabajadora. Sobre lo del nombre del niño, te aconsejo consultarlo con Hacienda.

      Responder
      • Maria

        Hola, podría pedir la Deducción por madre trabajadora + Deducción de gastos guardería + el cheque de la comunidad de Madrid para guardería? Y el sobrante podría pagarlo a través de mi empresa con un tarjeta sodexo guardería que estaría exento de IRPF?

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          para poder aplicar la deducción por guardería hay que tener derecho a la deducción por madre trabajadora. Imagino que con el cheque guardería te refieres a las becas para educación infantil, pero todavía no se han publicado las condiciones de las ayudas para el próximo curso. Respecto a la tarjeta que mencionas de tu empresa, te aconsejo consultar las condiciones particulares de dicha ayuda.

          Responder
    • Ana

      Buenos días, mi hija va a una escuela infantil del ayuntamiento de Madrid con gestión privada y yo pago solo 96€ de comedor, el año pasado me pude desgravar los 3 meses que fue, sin embargo este año no me ha saltado el dato de la guardería , lo he echo yo de forma manual pero no lo he aceptado por que no sé si me corresponde o no, y esa es mi duda me corresponde que me devuelvan el importe en la declaración? Gracias.

      Responder
      • Mujer y MADRE hoy

        En el informador de renta que ha creado hacienda para la campaña de la renta 2021 se dice que «Se consideran gastos de custodia las cantidades satisfechas a guarderías o centros de educación infantil autorizados, por la preinscripción y matrícula, la alimentación y la asistencia, en horario general y ampliado, siempre que su abono corresponda a gastos que se hayan producido por meses completos y no tengan la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos. Te aconsejo que lo consultes en la propia guardería y si no lo tienes claro que esperes a poder hacer la renta por teléfono o en persona para poder resolver tus dudas directamente con Hacienda.

        Responder
  17. Aurora

    hola, si tu hijo está con una madre de día, que tiene todo en regla (dada de alta en autónomos y tal), te puedes beneficiar de esta ayuda?? Muchas gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Esta deducción se aplica en las guarderías autorizadas

      Responder
      • Estefanía

        Hola. Soy «Madre de día» cuido de 5 niños en mi casa. Quería saber si las familias pueden también pedir la ayuda de los 100€.

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          La deducción por guardería es para gastos en centros de educación infantil autorizados

          Responder
    • Ramón

      -NO-
      Los contribuyentes del IRPF pueden incrementar la deducción por maternidad en hasta 1.000 euros anuales cuando, teniendo derecho a la referida deducción, satisfagan en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados, con los límites y requisitos establecidos en la LIRPF art.81.
      En relación a una consulta planteada acerca de si una persona física que desarrolla la actividad de guarda de niños, contando para ello con la correspondiente licencia del ayuntamiento pero no con la autorización de la administración educativa, debe presentar el modelo 233 «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados», la DGT se ha pronunciado sobre el carácter de los centros a los que se refiere el incremento de la deducción por maternidad, basándose en lo establecido en la exposición de motivos de la L 6/2018, que modificó con efectos de 1-1-2018 la deducción por maternidad regulada en la LIRPF art.81, y en lo señalado en este último artículo.
      Al respecto, la DGT señala que, al tratarse de una medida vinculada al ámbito educativo (primer ciclo de educación infantil), su aplicación se refiere a centros de educación infantil, públicos o privados, que desarrollan el referido ciclo, que abarca de los 0 a los 3 años, habiéndose utilizado el término guarderías, que es un concepto no definido en la normativa, como sinónimo del anterior, ya que es el término coloquial asociado a dichos centros, dada la no utilización habitual de la denominación legal centro de educación infantil fuera del ámbito estrictamente educativo, a lo que se une que, de acuerdo con la normativa autonómica y la LO 2/2006 art.111 (Ley de Educación), los referidos centros pueden tener distintas denominaciones (escuelas infantiles, colegios de educación infantil y primaria, etc).
      Por ello, no procede la deducción respecto de gastos satisfechos a personas físicas o jurídicas que puedan desarrollar labores de custodia de niños menores de tres años con distintas finalidades ajenas a las educativas antes referidas. Serían los casos de gastos incurridos en empresas o establecimientos abiertos al público que acogen menores con distintos fines (locales de celebraciones de cumpleaños o fiestas infantiles, ludotecas, locales de mera custodia, campamentos infantiles, etc) o de gastos satisfechos a particulares en el domicilio familiar por custodia de menores (cuidados realizados por familiares retribuidos, gastos de custodia satisfechos a «canguros», empleados del hogar, etc), y que pueden requerir o no autorización administrativa, como ocurre en el caso de apertura de establecimientos abiertos al público, que requieren de determinadas licencias municipales o autonómicas, si bien no van a contar con la autorización de la administración educativa por la naturaleza o finalidad de la custodia.
      En los supuestos antes señalados en los que no procede aplicar la deducción, las personas físicas o jurídicas que realizan esas labores de custodia no están obligadas a presentar el modelo 233.

      Responder
      • Mujer y MADRE hoy

        Muchas gracias por las aclaraciones legales.

        Responder
    • Lorena

      Hola! ¿Puedo solicitar la ayuda por ser madre trabajora hasta los 3 años de mi hijo+ la ayuda de 1000e de guardería autorizada?

      Responder
      • Mujer y MADRE hoy

        Si te refieres a la deducción por guardería que se mencionan en este artículo, el requisitos para poder acceder a ella es precisamente tener derecho a la deducción por madre trabajadora.

        Responder
  18. Daniela

    Hola,
    He aplicado para la beca de guardería, mi bebe tiene 9 meses y esta en una guardería privada. Mi marido es autónomo y yo trabajo a tiempo completo. mi pregunta es: si me pido jornada reducida no me aprueban la beca?
    Y también quería saber cual era la diferencia entre beca guardería y cheques guardería.

    Muchas gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      No entiendo a qué te refieres con la beca guardería. Si es a la deducción sobre la que trata este artículo, verás que uno de los requisitos para poder aplicarla es tener derecho a la deducción por madre trabajadora.
      Aparte de esta ayuda estatal, algunas comunidades dan otro tipo de ayudas que llaman becas como ocurre con la comunidad de Madrid o quizá cheques, en este caso la regulación depende de lo que establezca cada gobierno autonómico.

      Responder
  19. Juanma

    Buenas tardes. Repito la pregunta que hiciera en febrero Alexnamar y para la que en aquel momento no teníais respuesta. La pregunta era si existe límite mensual en la deducción. Es decir, si mi hija va a guardería 6 meses completos y hemos abonado en total 1.500 euros, la deducción sería de 1.000 € (cumpliendo la madre los requisitos) o, análogamente a la deducción de maternidad, serían 83.33 € (1.000€/12) mensuales?. Muchas gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Hacienda en su web habla de gastos anuales. Puedes consultar varios casos prácticos en este apartado de la web de la AEAT de la deducción por guardería

      Responder
  20. Juanjo

    Soy padre soltero. tengo 2 hijos en la guarderia. y esta ha remitido la informacion a hacienda a nombre de la madre de los niños (figuramos los dos en la guarderia) la madre no trabaja
    Me pudeo desgravar la guarderia?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      La deducción es para madres con derecho a la deducción por maternidad (es decir, que se trabajan).

      Responder
  21. Fran

    Dicen que tienen derecho a la deducción por guardería las madres que tengan derecho a la deducción por maternidad. Si una madre en el momento que nació su hijo en 2016 no tenía derecho a maternidad porque no trabajaba y ahora en 2018 si tendría y tiene gastos de guardería (vienen en los datos fiscales), ¿Se podría deducir los gastos de guardería en 2018 aunque no se deduzca nada por maternidad?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Lo siento pero no se entiende bien la pregunta. No obstante, la deducción por guardería es un incremento de la deducción por maternidad, sin esta segunda no puede haber la primera.

      Responder
  22. Zaira

    Buenas, la guardería donde acudió mi hija ya ha tramitado el modelo 233 pero me comunican que como la empresa del comedor es privada tengo que tramitarlo yo a través de hacienda. Sabéis de qué manera se puede hacer en la declaración vía web?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Puedes consultarlo en alguno de estos Teléfonos de información de renta: 901 33 55 33 y 91 554 87

      Responder
  23. jesus alday

    Buenos días:

    A mi mujer le han incluido el cheque guadería ¿el padre podemos incluir como deducción autonómica el coste que hemos tenido de la guarderia tambien?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      La deducción por guardería es una ampliación de la deducción por madre trabajadora que SOLO la puede aplicar la madre. Si en tu comunidad hay además alguna deducción autónomica concreta, te aconsejo que consultes en Hacienda si es compatible

      Responder
  24. Jesús Alday Villahoz

    Hola:

    A mi mujer le han incluido los gastos de guardería solo se puede añadir en la declaración de uno de los padres o de los dos? El padre lo podría añadir como deducción autonómica

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      La deducción por guardería es una ampliación de la deducción por madre trabajadora por lo tanto SOLO la puede aplicar la madre.

      Responder
    • Sara

      Buenos días, si mi hija cumplió en enero los 3 años, tengo derecho a la ayuda por guardería?

      Responder
      • Mujer y MADRE hoy

        La deducción se puede aplicar hasta el curso en el que el niño cumple los tres años incluidos los meses que siguen hasta que empiece el cole.

        Hacienda indica en su web que “en el año en que el hijo menor cumpla tres años, se puede aplicar la deducción respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquel en el que el niño pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil (normalmente septiembre)”.

        Responder
  25. Luisa

    Buenos días, me surge una duda respecto a la deducción por gastos de guardería. Soy pareja de hecho, y no sabemos si podemos deducirnos los dos o solo yo como madre trabajadora. En caso de que el papá también pueda disfrutar de esa deducción, ¿tendríamos que poner la mitad de la cuota cada uno?
    Gracias, un saludo.

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      La deducción por guardería es una ampliación de la deducción por madre trabajadora por lo tanto la puedes aplicar tú

      Responder
    • Jorge

      Hola.

      Mi pregunta es la siguiente:

      Tengo dos hijos, y durante 2019 (ambos menores de 3 años) llevé a mi hijo mayor de Enero a Junio a una guardería privada, y al pequeño de Septiembre a Diciembre, pero a una guardería pública. Ambas, pública y privada, estarían incluídas para poderse practicar la deducción? Y siendo de Castilla y León también aplica para su deducción autonómica?
      Muchas gracias.

      Responder
      • Mujer y MADRE hoy

        Puedes aplicar la deducción estatal por guardería si son centros autorizados y tienes derecho a la deducción por madre trabajadora. Desconozco cuál es la deducción autonómica y qué requisitos tiene. Te aconsejo que consultes esta particularidad con Hacienda.

        Responder
  26. Ana

    Hola. En mi guardería de han equivocado al cumplimentar el modelo 233 y han introficos los datos como si fueran por curso escolar. Quiero decir que me pone como si mi hijo hubiera ido de septiembre a diciembre. Podrán rectificar lo aunque ya esté pasado el plazo e introducir de enero a julio que también estuvo matriculado?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Te aconsejo que lo preguntes en Hacienda, aunque debería preguntarlo la Guardería.

      Responder
  27. Ariadna

    Hola buenas noches,quisiera hacer una pregunta sobre el cheque guardería.En el caso de padres separados con custodias compartida,el cheque se divide entre los dos progenitores?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Deduzco que al decir cheque guardería te refieres a la nueva deducción que se aplicará este año por primera vez en la renta. Según indica Hacienda en su web la deducción es un incremento de la deducción por maternidad cuando se satisfagan gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

      Responder
      • Ariadna

        Si perdón,me refería a ese tema.Muchas gracias por la respuesta y siento que el comentario saliera por duplicado.
        Gracias de nuevo.

        Responder
      • M

        Buenas tardes, yo tengo el mismo problema y la verdad es que no me queda muy claro si se tiene que dividir o no.
        Muchas gracias

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          Lo siento pero no sé a qué problema te refieres

          Responder
      • Patricia

        Buenas noches, mi hija ha estado yendo a una guardería privada de septiembre a diciembre de 2021, y yo (la madre) trabajé únicamente de julio a septiembre del mismo año y recibí la ayuda por madre trabajadora durante esos meses (en total 300€).
        ¿Puedo deducirme en su totalidad por los gastos de guardería en la declaración aún habiendo trabajado durante 3 meses en el año 2021? O tiene que ser una parte proporcional dependiendo a lo que he trabajado en el año?
        Gracias!

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          El artículo 81.1 de la Ley del IRPf dice que «Las mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial del Impuesto hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de tres años». ESto es lo que se conoce como deducción por maternidad.
          El artículo 81.2 dice que «El importe de la deducción a que se refiere el apartado 1 anterior se podrá incrementar hasta en 1.000 € adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados….» Es lo que se conoce como Deducción por Guardería.
          El artículo 81.3 El incremento de la deducción previsto en el apartado 2 anterior (o sea la deducción por gastos de guardería) se calculará de forma proporcional al número de meses en que se cumplan de forma simultánea los requisitos de los apartados 1 y 2 anteriores, o sea aplicar deducción por maternidad y tener gastos de guardería.

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  28. Ariadna

    Hola buenas noches, quisiera preguntar como funciona el tema del cheque guardería en familias donde los padres esten separados y la custodia sea compartida.
    Muchas gracias por todo.

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  29. Vane

    Hola, soy madre de gemelas y en el 2018 han ido a mes completo asta ahora excepto cuando estaban enfermas…Mi pregunta es ¿si tengo derecho a los 1000 euros si desde Marzo del 2018 asta Agosto 2018 trabaje ?.. pero actualmente no trabajo..estoy haciendo un curso dado por el ayuntamiento para desempleados…

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    • Mujer y MADRE hoy

      Según ha publicado Hacienda tendrán derecho las madres que también tengan derecho a la deducción por maternidad.

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      • Veronica

        Hola! Mi pregunta es la siguiente, a mi si me aparece en el borrador esta deduccion pero la guardería me pone que no es un centro autorizado, puedo deducir. Elo igualmente?

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          Te aconsejo consultar tu situación en Hacienda de tu comunidad autónoma o con la propia guardería

          Responder
  30. Alexnamar

    La deducción son 1.000 euros anuales, pero hay algún límite mensual? Es decir, si mi hija va a guardería 6 meses completos y abona en total 1.500 euros la deducción sería de 1.000 € (cumpliendo la madre los requisitos) o como en la deducción de maternidad que serían 100 mensuales?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      De momento en la web de Hacienda se habla de una deducción de hasta 1.000 euros, no ha especificado cómo se cuantificará. Si alguien lo sabe agredecería que lo indique

      Responder
      • Ju

        Buenos días, mi hija ha ido 10 meses en la gaurdería por lo que me han aplicado 833,33 de deducción. (julio y agosto la guardería hacia vacaciones) en julio fue al mismo colegio pero como casal de verano… y en agosto la mayoria estan cerrados por vacaciones por lo que entiendo que la deducción NUNCA llegará a 1000 euros porque agosto no cuenta si estan de vacaciones. Mi pregunta es si el casal de verano podria entrar en cuenta..

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          Uno de los requisitos para poder aplicar la deducción es Tener gastos de custodia por hijo o hijos matriculados en una guardería o centro de educación infantil autorizado siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie. Si dudas sobre si se puede aplicar ese mes, te consejo consultarlo en la propia guardería, y si no te quedara claro, esperar para poder hacer la declaración por teléfono o en persona en hacienda.

          Responder
  31. Andrés

    Buenas tardes

    Según me dicen en mi guardería privada, el programa no les permite introducir el código de guardería, por no ser una guardería autorizada por la generalitat valenciana (tiene licencia de apertura del ayuntamiento y pagan los impuestos al mismo).

    Han hablado con la consellería de educación y con hacienda y no pueden hacerlo. O bien me están engañando, cosa que dudo, o bien (lo mas probable) que la ley lleve a confusión y sea una ley discriminatoria y hecha para ganar votos a costa de engañar a los ciudadanos.

    Que opinas al respecto? Gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      No entiendo bien qué quieres decir con «no pueden hacerlo», cuando te refieres a la consellería de educación y hacienda. ¿qué te han dicho exactamente en estos organismos? Yo pienso que es en la consellería donde te pueden informar si la guardería está o no autorizada por la Generalitat. Cuéntanos y suerte.

      Responder
  32. Cristina

    Si he pagado con cheque guardería, tengo derecho a la deducción? La guardería debe incluirme en el modelo 233?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Yo entiendo que si es un pago que te ha dado tu empresa o una beca, no es posible, según indica hacienda en su web. Al hablar de los – Gastos anuales pagados a la guardería/centro de educación infantil. Para la determinación de este importe NO se tendrán en cuenta (es decir, no se restarán del coste total) las cantidades abonadas por la empresa en la que trabajan la madre, padre, adoptante, tutor o acogedor del menor ni las cantidades subvencionadas satisfechas a la guardería/centro de educación infantil

      Responder
  33. Ruben

    Buenas, mi mujer por ejemplo en mayo entro a trabajar el día 4. El niño fue a la guarderia mes completo. Tiene derecho a deducir el mes completo? Repito el niño fue y pagó mes completo pero la madre trabajo desde el dia 4.
    Saludos y gracias

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      lo único que se indica en la norma que aprobó esta deducción es que se dará a quienes tengan derecho a la deducción por maternidad. quizá en hacienda puedan darte más datos sobre tu caso concreto. suerte

      Responder
  34. Eva

    Buenas tardes.
    Esta deducción, también se aplica en las haureskolas del Pais Vasco? Las haurreskolas son guarderías publicas que tenemos en el Pais Vasco , donde parte está subencionado y parte lo pagamos nosotros.
    En nuestro caso pagamos 160€/mes por guardería.
    Gracias y un saludo

    Responder
  35. yolanda

    Hola yo trabajo de manera eventual y durante los meses de guarderia trabaje a media jornada pero no meses completos ,tendria derecho a cobrar esos mese el cheque guarderia ?

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      de momento lo único que se ha dicho en la ley que aprobó esta deducción es que para poder deducirse gastos de guardería hay que tener derecho a la deducción por maternidad

      Responder
      • Laura

        Buenos días, mi pregunta es, esta ayuda es otra distinta a la que da hacienda a madres trabajadoras? Me refiero a la que te pagan 100€/mes o 1200€al año. Gracias

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          sí, es distinta, es una ampliación

          Responder
  36. Pepi Iniesta lopez

    Buenos días, si no me retienen nada en mis nominas ( mi renta suele resultar a cero)me va a beneficiar algo esa deduccion. gracias.

    Responder
    • Vero

      Alguien te supo responder a tu pregunta? Yo estoy igual que tu…con lo m q cobro no da ni para retener…

      Responder
      • Raul

        La duda que tengo. Que porcentaje debo de poner en la casilla de las deducciones en la guardería. Sería el 15% de la suma de todos los meses del año? Siendo en la comunidad de Madrid. Gracias.

        Responder
        • Mujer y MADRE hoy

          Se pueden deducir hasta 1.000 euros/año por hijo por gastos de inscripción y matricula y de asistencia y alimentación, siempre que sean por meses completos. Puedes ampliar información en este artículo que acabo de publicar donde tienes un vídeo de Hacienda en el que se explica cómo aplicar la deducción

          Responder
    • AnaB

      Hola,
      Creo que depende de la comunidad, en Castilla y Leon por ejemple, los gastos que no te puedes deducir te los acumulan para el año siguiente y así hasta pasados 4 años que si no has conseguido decucirlos puedes solicitar a hacienda dicha cantidad. Pero es imprescindible que hayas presentado la declaración durante esos años, es decir, que aunque no te devuelvan nada, tienes que presentarla. De hecho si tuivieras gastos deducibles del año anterior por nacimiento , por ejemplo, podrias presentar una declaración anterior, aunque te arriegas a la multa, a mi me multaron por presentar las 2015 en 2017 por este caso,la recurrí y me dieron la razón , no he tenido que pagar la multa.

      Responder
  37. Diana

    Hola. Mi hijo fue de enero a julio a la guarde y pasó al colegio publico en septiembre, pero no cumplió los 3 años hasta diciembre. Lo tengo en el comedor, podria deducir estos gastos tb?? Es que no me queda claro ya que dicen centro infantil autorizado, sin especificar si es 1er o 2º ciclo, y si tienen derecho a deducirse todo el curso si ya ha cumplido los 3 años, también tendrán derecho a facilidades el que los cumple tarde ¿no??
    AYUDA POR FAVOR!!!!

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Me temo que no. LA ayuda es para niños matriculados en una guardería. Además, HAcienda indica en su web que «En el año en que el hijo menor cumpla tres años, podrán aplicar la deducción respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil»

      Responder
  38. Laurita

    Hola, tengo varias dudas:
    1. ¿esto se aplica también en el País Vasco?
    2. si mi hijo va a la guardería y yo trabajo de sustituta funcionaria en un contrato de tercio de jornada, donde si quiero podría reducirme aún más, pero el contrato es de un tercio ya per se, tengo derecho a esta ayuda?
    3. esta ayuda también es para niños de 2 años que van a infantil a colegio concertado? lo digo porque el Gobierno Vasco ofrece alternativas públicas gratuitas para estas edades (colegios públicos).
    4. por curiosidad, las familias formadas por padres/madres homosexuales, es decir, niños con 2 padres… no tienen derecho a esta ayuda? y en el caso de los de con 2 madres, perciben 2000€?

    Responder
  39. luisa.

    hola, buenas tardes.
    mi hija fue a una guardería privada, no subvencionada, eso tiene algo que ver con autorizada???
    ellos me dicen que al ser privada no tienen que presentar el modelo 233.
    necesito saber si eso es así o no.
    les agradezco de antemano la aclaración.

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Lo importante es que esté autorizada por la Consejería de Educación de la comunidad autónoma. Quizá puedas consultar si es así en tu comunidad

      Responder
  40. Laura Acosta rivera

    Hola yo tengo ami niña en la guardería pero no pago nada me la subencionaron al 100% tengo derecho a los 1000 euros

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      La ayuda es para gastos de custodia en guardería. Si no hay gastos, no procede.

      Responder
  41. Joana

    Buenas tardes, mi bebé acudió durante 2018 a una guardería durante 15 dias/ mes durante 8 meses y 20 días/mes durante los otros 4 meses. La guardería me dice que no tengo derecho a la deducción por no llevar al niño meses completos. ¿realmente esto es así?
    Muchas gracias de antemamo

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Parece que la guardería tiene razón en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año2018. ARTÍCULO 81, APARTADO 2 dice » A estos efectos se entenderán gastos de custodia las cantidades satisfechas a guarderías y centros de educación infantil por la preinscripción y matrícula de dichos menores, la asistencia, en horario general y ampliado, y la alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo …»

      Responder
  42. Niko

    Esa madres solamente? O el padre puede? Ya que el padre está a jornada completa y retienen más IRPF que a la madre, se hace declaración individual

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      es una deducción para las madres con derecho a la deducción por madre trabajadora

      Responder
  43. Ana

    Buenas tardes,
    Soy madre trabajadora y tuve en 2018 todo el año en un centro infantil pero este centro me dice que ellos no tienen que presentar el modelo 233 porque son un centro infantil privado. Es así?. No puedo beneficiarme de la deducción?. Gracias.
    Un saludo,
    Ana.

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      La deducción es por gastos en centros de educación infantil autorizados, desconozco si tu centro lo es.

      Responder
  44. Pili

    Cuándo dice «horario general y ampliado» ¿quiere decir que se tienen en cuenta las horas de acogida? ¿Y si se hace solamente media jornada cuenta también?

    ¡Muchas gracias de antemano por la información!

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      la ley solo indica eso

      Responder
    • Verónica

      Buenas tardes, está nueva ayuda de desgravarse hasta 1000€ aplica para escuelas infantiles públicas y privadas? O solo para las privadas como la beca del primer ciclo que si es pública no se puede solicitar. Muchas gracias.

      Responder
      • Mujer y MADRE hoy

        ES una deducción que se pueden aplicar quienes tengan la deducción por madres trabajadoras, con hijos matriculados en centros de educación infantil autorizados (sean públicos o privados)

        Responder
  45. Denia Zapata

    Hola! Mi hija ya a cumplido los 3 años pero a estado 2 años en guardería tengo derecho a esta prestación? Soy madre soltera y trabajadora

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Podrás deducir las cantidades abonadas en 2918 cuando hagas la declaración de este año

      Responder

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