La mayoría de las madres trabajadoras, tanto si trabajan por cuenta propia (autónomas) como ajena (contratadas),que están dadas de alta y cotizando en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, tienen derecho a una deducción por maternidad de hasta 1.200 al año (100 €/mes) por cada hijo menor de 3 años nacido o adoptado o acogido de forma permanente en España.

La deducción se aplica proporcionalmente al número de meses en que se cumplan de los requisitos, a razón de 100 euros mes.

Al principio decía que la mayoría de las madres trabajadoras tienen derecho a esta ayuda y es que la deducción no se puede aplicar si no se trabaja un mínimo de horas al mes

Requisitos para poder cobrar la deducción por maternidad

En concreto, para tener derecho a la deducción por maternidad hay que cumplir unos requisitos mínimos de horas trabajadas según recoge el  Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que regula las condiciones para tener derecho a la práctica de esta deducción

El requisito para poder a optar a la deducción un mes es  trabajar a jornada completa durante  al menos 15 días o a jornada parcial  de al menos el 50 por 100 de la jornada ordinaria en cómputo mensual y estar en alta durante todo el mes. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena en alta en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad han de realizar al menos, diez jornadas reales en el mes.

En las adopciones y acogimientos la deducción se puede realizar durante los tres años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare, sin tener en cuenta la edad del niño.

Esta deducción se puede aplicar directamente  en la Declaración de la Renta o cobrar de forma anticipada  a razón de 100 euros mes.

La deducción por maternidad se puede cobrar de forma anticipada o a través de la declaración de la renta

Si no lo has cobrado de forma anticipada, puedes aplicarte la deducción en la renta de 2017 que se presenta ahora. Es importante que te fijes al revisar el borrador que envía Hacienda y compruebes que se ha incluido para hacerlo tú si no estuviese.

El importe total de la  deducción se calcula de forma proporcional al número de meses del año en los que se cumplen  los requisitos.

Se incluye el mes en el que nace el bebé (aunque sea el día 31) y no se incluye el que cumple los 3 años. Por ejemplo:

  • S tuviste un hijo en mayo de 2017, puedes deducirte  8 meses es decir 800 euros en la declaración de 2017.
  • Si tu hijo cumplió 3 años en mayo de 2017, podrás deducirte 4 meses (de enero a abril) es decir, 400 euros, en la declaración de 2017.

La deducción es por hijo menor de tres años. Es decir si tienes un niño de dos años y un bebé, puedes deducirte por los dos.

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