Hoy se ya publicado  un Real Decreto-ley  que contempla algunos cambios fiscales para autónomos y pymes, con el objetivo de ayudar a mitigar así los efectos de la crisis del COVID-19 en estos colectivos.

Las medidas se suman a otras aprobadas previamente, como el aplazamiento del pago de la cuota de autónomos; el retraso de la presentación de impuestos del primer trimestre (IVA trimestral, pagos fraccionados de Sociedades o IRPF) al  20 de mayo.

Cambios fiscales para autónomos y pymes

El decreto aprobado hoy flexibiliza algunas de las condiciones de tributación de los autónomos y pymes:

Los autónomos: pueden cambiar la tributación por módulos a estimación directa

Los autónomos que tributan por módulos pagan lo mismo todos los trimestres en las declaraciones de IVA e IRPF, sin tener en cuenta los ingresos actuales.

En estos casos, si el negocio ha tenido que cerrar a causa del estado de alarma o los ingresos han bajado mucho, pueden tener problemas económicos para tributar de esta forma

Por ello, el Real Decreto contempla la posibilidad de que ya desde el primer trimestre de 2020, los autónomos que tributaban por módulos pueden hacerlo por el sistema de estimación directa (ingresos menos gastos) y además, establece que ya no es obligatorio permanecer en ese sistema durante tres años. Es decir, si lo desean podrán volver a tributar por módulos en 2021.

En el caso de que el autónomo decida seguir tributando por módulos, se les descontarán del cálculo de los pagos fraccionados y del IVA los días naturales que ha estado bajo estado de alarma.

Las pymes pueden pagar el impuesto de Sociedades en función de sus beneficios reales

Las pymes pueden cambiar el sistema de cálculo del pago fraccionado en el Impuesto sobre Sociedades y hacerlo en función de los beneficios reales trimestrales en lugar de los beneficios de ejercicios anteriores (si es que estaban usando este sistema).

Además, para evitar que las empresas con problemas de tesorería sufran recargos, la Agencia Tributaria no establecerá recargos para empresas que no hayan ingresado la cuota de una declaración si están en trámites de obtener una línea de financiación del ICO vinculada al COVID-19.

 Bajada del IVA en productos digitales

Además, el Real Decreto contempla una bajada del IVA del 21% al 4% para la suscripción y descarga de libros, revistas y periódicos digitales, lo que supone equiparar el IVA de las publicaciones digitales y  papel.

Además, se ha aprobado de forma excepcional y temporal (hasta el 31 de julio de 2020)  un IVA a tipo 0% para la importación y compra en España del material sanitario necesario para combatir la pandemia destinados a hospitales y entidades públicas.

 

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