Tienes información actualizada en   de 2023 en el artículo Cómo pedir la prestación por cuidado de hijo con enfermedad grave  

La Seguridad Social ha actualizado recientemente la lista de patologías que pueden dar lugar al reconocimiento de la prestación por cuidado de hijos con enfermedad grave.

Esta prestación de la Seguridad Social, que está en vigor desde 2011, compensa los ingresos que se pierden cuando uno de los progenitores reduce su jornada laboral  para cuidar de un hijo que por su enfermedad o discapacidad precisa un ingreso hospitalario de larga duración o cuidados directos y permanentes (como por ejemplo ocurre con la diabetes tipo I).

Requisitos para acceder a la prestación por reducción de jornada para el cuidado de hijos con enfermedad grave

Para poder acceder a la prestación para el cuidado de hijos con enfermedad grave hay que cumplir estos requisitos:

  • Que el menor esté afectado por una de las patologías reconocidas para la prestación por cuidado de hijos con enfermedad grave.
  • Es necesario que ambos padres trabajen, aunque la prestación solo se le concede a uno de ellos.
  • La reducción de jornada por enfermedad grave de un hijo debe ser como mínimo de la mitad
  • Los requisitos de cotización son los mismos que se piden para acceder a la prestación económica por maternidad o paternidad contributiva: estar afiliado y en alta en algún régimen del sistema de la Seguridad Social y tener cubierto el periodo de cotización mínimo requerido que, para mayores de 26 años, es de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores.

Cuantía de la prestación

La prestación económica del subsidio se calcula sobre el 100 por 100 de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, aplicando el porcentaje de reducción de la jornada de trabajo.

El derecho a recibir la prestación se extingue cuando cesa la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando este cumple 18 años.

Además, según se indica en la web de la Seguridad Social: cuando la reducción de jornada sea por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, las cotizaciones realizadas durante dichos períodos de reducción se computarán incrementadas hasta el 100 por 100 de la cuantía que se hubiera mantenido sin dicha reducción, a efectos de las prestaciones por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural e incapacidad temporal.

Enfermedades incluidas

El listado de enfermedades incluidas figuraba en  el anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, que ahora ha sido modificado por la Orden TMS/103/2019 para admitir por primera vez casos de enfermedades raras sin diagnóstico.

En la nueva Orden también se aprueba el modelo de declaración médica sobre la necesidad de cuidado continuo del menor denominado «Declaración médica para el cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave».

Las tres nuevas patologías pediátricas incluidas de forma expresa son la epidermólisis bullosa, comúnmente conocida como conocida como ‘piel de mariposa‘, el síndrome de Behçet y el síndrome de Smith Magenis.

En la orden se contempla, además, la posibilidad de dar cobertura a menores con otras patologías graves que, por indicación expresa del facultativo, precisen de cuidados permanentes en régimen de ingreso hospitalario u hospitalización a domicilio.

La solicitud se puede descargar en la web de la Seguridad social

Según datos de la Seguridad Social, en 2018, se iniciaron 3.136 nuevos prestaciones de este tipo y al final de 2018 permanecían en vigor 5.464. La duración media de los prestaciones que finalizaron en 2018 fue de 412,02 días.

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12 Comentarios

  1. Eyensi delgado

    Hola buen día. Soy madre soltera con un niño de 4 años con discapacidad, tiene síndrome dandy walkers.

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  2. Fer

    Hola soy madre de una niña con hipotonia muscular ase dos años estoy con una excedencia por este motivo mi niña es una niña que depende de mi.
    La pregunta me Estoy separando de mi esposo Y el ahora el se queda sin trabajo y no se quiere aser cargo de mi niña .

    Y como es obligatorio que uno de los dos trabaje que se puede aser en estos casos

    Si estamos separados
    Esta situación me tiene muy preocupada si alguien me puede ayudar

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  3. Yousra

    Hola soy madre de dos niños con descapacidad por trasplante de higado y no puedo trbajar por que tengo que darles medicacion que lo toman en todo el dia y varias horas asi que quiero preguntar si puedo presentar algun tipo de ayuda como cuidadora gracias

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    • Mujer y MADRE hoy

      TE aconsejo leer el post ayudas por hijos con discapacidad

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  4. Una Chica del montón

    Espero que esto se cierto y ayuden a muchas familias 🙂

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    • Cristina castillo Barros

      Hola!
      Me llamó Cristina y tengo una hija con 6 años con autismo, con un 37% discapacidad reconocida
      Yo trabajo por la tarde y mi hija tiene que quedarse con los abuelos que están enfermos hasta que llega mi marido
      Podría acogerme a esta ayuda?

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      • Mujer y MADRE hoy

        te aconsejo que consultes si el trastono está incluido en el listado que figura en el real decreto si es el caso solicites informes. Suerte

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        • Esther

          Es compatible la ayuda a madre trabajadora con esta reducción?

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          • Mujer y MADRE hoy

            Supongo que dependerá de cada circunstancia. Tienes información en el artículo «Cómo pedir la prestación por cuidado de hijo con enfermedad grave» e información sobre los requisitos para cobrar la ayuda por madre trabajadora en el artículo «Requisitos de la deducción por maternidad».

      • Vanesa

        Hola te escribo pk tengo un niño de 3 años con 51% por autismo tbien y lo mismo k tu mientras trabajo se keda con los abuelos pero no kiere pk no le gusta salir de casa.
        Mirastes en la s.s si entra lo de la reducción de jornada y te pagan el resto ?? Gracais la verdad k ha hora llevo 5 meses de baja y el niño está aki en casa conmigo y está la muy trankilo y contento muchas gracias

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      • Elizabeth

        hola soy mamá de una niña que tiene trastorno espectro autismo ahora mi hija asiste al hospital de día y solo va 3 días a la semana al instituto y solo va 1 hora yo tengo la prestación cume en abril ya le darán el alta en el hospital de día y le pondrá un horario en el instituto que no irá toda la mañana al instituto aparte por la mañana le doy la medicación y el instituto no está en mi pueblo y la llevo en coche, mi duda es si al no estar en el hospital de dia a mi ya no me pertenecerá la prestación cume? ella seguirá hiendo al su sicologa y su siquiatra del csmij. gracias

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        • Mujer y MADRE hoy

          Hola, lo siento pero la web no pertenece a la administración y no puedo resolver tu duda. La norma que regula la CUME contempla la posibilidad de dar cobertura cuando por indicación expresa del facultativo el menor precise cuidados permanentes a domicilio, así que te aconsejo que lo consultes con los médicos que llevan el tratamiento de la niña.

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