Con fecha 14 de abril DE 2020, el Gobierno  ha aprobado un Real Decreto que permite prolongar un mes la prestación de presentación de los impuestos de PYMES y autónomos.

Esto significa que los autónomos y las PYMES que no alcancen una facturación de 600.000 euros no tendrán que presentar los impuestos del primer trimestre en abril, como es habitual, sino que podrán hacerlo hasta el 20 de mayo, para así mitigar el impacto económico provocado por la crisis económica del coronavirus

Es decir, podrán aplazar un mes la presentación de la declaración trimestral del IVA, el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y el del IRPF.

En las declaraciones domiciliadas, el plazo se amplía también un mes y pasa del 15 de abril al 15 de mayo.

El cargo de los impuestos del primer trimestre se hará el 20 de mayo

Además todos los cargos se realizarán el 20 de mayo. Eso incluye también las declaraciones presentadas antes del 15 de este marzo, ya que la medida se ha tomado con fecha 14 de marzo.

Puedes consultar aquí el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias

Esta medida de retraso en los pagos de los impuestos del primer trimestre se suma a otra aprobada anterioremente que permite aplazar el pago de impuestos hasta un máximo de 30.000 euros durante seis meses, con tres meses sin intereses.

 

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