El 1 de abril entra en vigor la ampliación del permiso de paternidad a 8 semanas para el año 2019.

La ampliación del permiso de paternidad se aprobó mediante un  Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y ocupación, que se publicó en el BOE el 7 de marzo de 2019.

La mayoría de los puntos recogidos en este Decreto Ley  están vigentes desde el 8 de marzo de 2019 Día de la Mujer (día siguiente de su publicación en el BOE), pero la ampliación del permiso de paternidad a 8 semanas no entra en vigor hasta el día 1 de abril, según se indica en el apartado 3 de la Disposición final segunda que dice que «Lo dispuesto en el apartado doce del artículo 2; apartado tres del artículo 3; y apartados siete y ocho del artículo 7 entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para que dar tiempo a que la Seguridad Social realice los cambios necesarios para tramitar estos permisos.

La ampliación del permiso de paternidad ha sido convalidada por la Diputación Permanente el 3 de abril

Actualización del 4 de abril 2019:  El Real Decreto Ley ha sido convalidado por la Diputación Permanente (que ha asumido las funciones del Congreso disuelto el 5 de marzo por la convocatoria de elecciones) con fecha 3 de abril por lo que ya es definitivo.

La Diputación Permantente, que sustituye al congreso durante el periodo pre-electoral está formada por 64 diputados 24 del PP, 15 del PSOE, 12 de Unidos Podemos, 6 de  Ciudadanos, 4 del Grupo Mixto , 2 de ERC y 1 de PNV.

Además de este decreto ley, la Diputación Permanha convalidado otros decretos ley publicados en el BOE después de haberse disuelto el congreso, entre ellos otra nueva ley de alquileres, y el subsidio por desempleo para mayores de 52 años.

Ampliación del permiso de paternidad para equipararlo con la baja maternal

El objetivo de la nueva normativa es mejorar la conciliación familiar y laboral, eliminar la discriminación salarial, reducir la brecha de las pensiones entre hombres y mujeres y generalizar los planes de igualdad en las empresas.

En lo que respecta al permiso de paternidad, el Real Decreto-ley contempla la ampliación paulatina del permiso de paternidad hasta  equipararlo plenamente con la baja maternal.

En concreto, prevé la ampliación progresiva (en tres años) hasta  las 16 semanas del permiso destinado al progenitor distinto de la madre biológica, como sigue:

  • En 2019, desde el 1 de abril, el permiso de paternidad será de 8 semanas.
  • En 2020 el permiso de paternidad se ampliará a 12 semanas.
  • En 2021 el permiso de paternidad será ya de 16 semanas, igual que la baja maternal.

Así será el nuevo permiso de paternidad

Según recoge el Real Decreto Ley en su disposición transitoria decimotercera, el permiso para el progenitor distinto de la madre biológica (permiso de paternidad) se repartirá como sigue:

En 2019: permiso de paternidad de 8 semanas

  • Desde el 7 de marzo el permiso de paternidad será de 8 semanas. De ellas, 2 se deben tomar de forma ininterrumpidas inmediatamente después del parto, a jornada completa.
  • Las semanas restantes (4 en 2019) se pueden tomar en periodos semanales de forma acumulada o interrumpida (Es decir las 4 semanas seguidas o una a y más adelante otra, etc. ) durante el primer año de vida del bebé. El disfrute de cada periodo semanal debe comunicarse a la empresa con una antelación de 15 días.
  • La madre puede ceder al padre hasta 4 semanas (de las 16 que tiene por baja maternal).

En 2020: permiso de paternidad de 12 semanas

  • El permiso de paternidad será de 12 semanas. De ellas 4 se deberán tomar de forma ininterrumpidas inmediatamente después del parto, a jornada completa.
  • Las semanas restantes (8 en 2020) se podrán tomar en periodos semanales de forma acumulada o interrumpida (es decir las 8 semanas seguidas o una y más adelante otra) durante el primer año de vida del bebé.
  • La madre biológica podrá ceder al otro progenitor hasta 2 semanas.

En 2021: permiso de paternidad de 16 semanas

  • De las 16 semanas, 6 se deberán tomar inmediatamente después del parto y las 10 restantes se podrán tomar a lo largo del primer año de vida del bebé de forma continuada e interrumpida, avisando a la empresa con 15 días de antelación.
  • Las semanas restantes, transcurridas las primeras 6 semanas, podrán disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora.

A partir de entonces, una vez que se equiparen, ambos permisos (paternidad y maternidad) pasarán a ser derechos individuales de la persona trabajadora y no podrán transferirse al otro progenitor.

Si el bebé está ingresado

Cuando el recién nacido tenga que permanecer hospitalizado a continuación del parto, por parto prematuro u otras razones, las 6 primeras semanas de permiso de paternidad se podrán disfrutar a partir del alta hospitalaria (no ocurre lo mismo con la baja maternal, pues en este caso dichas 6 primeras semanas se deben tomar a continuación del parto con el objetivo de que la madre se recupere).

Además, cuando el recién nacido necesite hospitalización a continuación del parto, por un periodo superior a 7 días, el periodo de suspensión se ampliará en tantos días como el bebé se encuentre hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales (este derecho existe también en la baja maternal).

Si el bebé tiene una discapacidad

Cuando hijo nacido o adoptado tenga alguna discapacidad  los permisos de paternidad y maternidad tendrán una duración adicional de dos semanas, una para cada uno de los progenitores.

Este derecho también se aplica en los casos de parto múltiple adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple por cada hijo o hija distinta del primero.

Permiso de paternidad y baja maternal por adopción

Permiso de paternidad por adopción en 2019

En caso de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, cada progenitor dispondrá de un periodo de suspensión de 6 semanas que debe disfrutar a tiempo completo de forma obligatoria e ininterrumpida inmediatamente después de la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.

Después quedarían 12 semanas de libre disposición (a repartir entre los dos), que se deben disfrutar de forma ininterrumpida dentro de los 12 meses siguientes a la resolución judicial por la que se constituya la adopción o  decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento. De ellas cada progenitor podrá disfrutar individualmente de un máximo de 10 semanas sobre las 12 semanas totales de disfrute voluntario (así se garantizan las 8 semanas de permiso de paternidad).

Permiso de paternidad por adopción en 2020

Después de las 6 semanas que deben tomar ambos progenitores a jornada completa tras la adopción, habrá 16 semanas de libre disposición (a repartir entre los dos), que se deben disfrutar de forma ininterrumpida dentro de los 12 meses siguientes a la resolución judicial por la que se constituya la adopción decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento. De ellas cada progenitor podrá disfrutar individualmente de un máximo de 10 semanas sobre las 16 semanas totales de disfrute voluntario (así se garantizan las 12 semanas de permiso de paternidad).

Permiso de paternidad por adopción en 2021

Cada adoptante o acogedor tendrá 16 semanas de baja. Las 6 primeras se deberán disfrutar a jornada completa y a continuación de la adopción o el acogimiento. Las 10 semanas restantes se podrán disfrutar en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, en régimen de jornada completa o a tiempo parcial, previo acuerdo con la empresa, dentro de los 12 meses siguientes a la resolución judicial por la que se constituya la adopción o bien a la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.

Cambios en la baja maternal

La nueva normativa también traer algunos cambios para la baja maternal.

Además de los periodos que se pueden ceder al padre (que pasan a ser de 4 semanas en 2019 y 2 en 2020 y ninguna en 2021), se da a la madre la opción de disfrutar las 10 semanas que no deben tomar obligatoriamente después del parto a lo largo del primer año de vida del bebé y de forma fraccionada (es decir las 10 semanas seguidas o cogiéndolas de una en una separadas en el tiempo, siempre que lo avise a la empresa con 15 días de antelación). Se mantiene la posibilidad de adelantar el permiso hasta cuatro semanas antes de la fecha prevista de parto.

Terminar con la brecha salarial

Por otro lado, para terminar con la brecha salarial de las mujeres, que actualmente se estima en un 23% en algunas áreas de trabajo y dado, también que muchas mujeres no conocen siquiera cuál es la discriminación salarial en la que pueden estar, se han aprobado algunas medidas que tendrán que cumplir las empresas que tengan un mínimo de 50 trabajadores:

  • Llevar un registro de sus tablas salariales, a las que tendrán acceso sus trabajadores y trabajadoras a través de su representación sindical o del delegado de personal.
  • Elaborar y aplicar un Plan de Igualdad (hasta ahora solo tenían que hacerlo las empresas con más de 200 trabajadores).

Además, la nueva norma contempla la recuperación de la financiación de las cuotas del convenio especial de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia a cargo de la Administración General del Estado.

Esto significa que no se interrumpirá la cotización para los trabajadores, fundamentalmente mujeres, que abandonan su trabajo para cuidar de otras personas, lo que después repercute en una pensión más baja.

 

 

3 Comentarios

  1. nemeshys

    vemos que al final no se ha publicado en el BOE el tema de la nueva paternidad. Menuda desilusión, para una casa que se iba a hacer bien. ¿Sabemos que ha pasado?

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    • Mujer y MADRE hoy

      Es cierto, dijeron que lo publicarían hoy, pero solo está el decreto que cambian las condiciones del alquiler de vivienda. De momento, desde prensa del Gobierno no se ha dado ninguna información. No obstante, aunque se publique en el BOE no será seguro hasta que lo convalide el Congreso que además ha sido disuelto hoy. En este caso la convalidación la asume un órgano de gobierno llamado Diputación permanente formado por 21 miembros, que representarán a los Grupos Parlamentarios en proporción a su importancia numérica. La situación es un poco compleja. Pero según haya habiendo novedades, las iré publicando.

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    • Mujer y MADRE hoy

      al final se ha publicado hoy. tienes el enlace en el artículo y también un resumen de los cambios

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