El pasado mes de marzo el Tribunal Supremo sentenció que  las familias numerosas de categoría especial  pueden conservar la categoría mientras el título esté en vigor esto es hasta que uno los hijos cumpla 21 años o 26 si está estudiando y no tiene ingresos, para así no discriminar a los hermanos que aún quedan en el título. Según informó en su momento la Federación Española de Familias Numerosas, la sentencia no solo significaba que las familias numerosas con categoría especial que a tengan que renovar el título ya no perderán la categoría , sino que daba la posibilidad de reclamar la categoría de familia numerosa especial a más de 60.000 familias que la han  perdido desde agosto de 2015, cuando  entró en vigor la Ley  26/2015, que establece que se es familia numerosa mientras uno de los hijos reúna los requisitos de edad y/o estudios aunque los otros hermanos vayan saliendo del título.

Diferentes criterios para recuperar la categoría de familia numerosa especial

Sin embargo, tres meses después del fallo del Tribunal Supremo, la situación no se ha resuelto para todas las familias, ya que según explican desde la FEFN las comunidades autónomas, que son las administraciones públicas con competencia para conceder y renovar los títulos, están interpretando la sentencia del Supremo de diferente forma, generando agravios comparativos y discriminación de unas familias frente a otras. En 11 Comunidades se aplica la retroactividad desde agosto de 2015,  4 toman como referencia la fecha de la sentencia y hay 2 en las que  aún no han aplicado la sentencia.

  • En  concreto en Aragón y Canarias todavía no se ha aplicado la sentencia.

En el resto de España sí se ha aplicado, pero de diferente forma, ya que han decidido hacerlo con carácter retroactivo, pero tomando como referencia diferentes fechas.

  • En  4 comunidades autónomas –Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña y Navarra y la ciudad de Ceuta- se aplica la  sentencia desde la fecha en que tuvo lugar, es decir marzo de 2019.
  • Sin embargo, las  10 comunidades autónomas restantes han decidido aplicar la sentencia desde agosto de 2015, fecha de la entrada en vigor de la ley que generó todo el conflicto.

Según la FEFN “esta desigual aplicación de la sentencia supone una discriminación  de unas familias frente a otras en un asunto que es de ámbito estatal, que debe ser igual para todos porque se trata de la categoría que es algo que establece la Ley de Familias Numerosas”, La FEFN considera “inadmisible que haya una sentencia del Supremo -el máximo órgano judicial-, que ampare los derechos de las familias y que sea de obligado cumplimiento para las administraciones y que en algunas Comunidades todavía no se aplique y que, además, en el resto no haya un criterio unánime”. “Todo esto supone un perjuicio económico importante para las familias, al no poder acceder a las bonificaciones que les corresponderían, y especialmente en este momento, ya que estamos en época de matriculación en universidades, donde están en juego cantidades de dinero que en algunos casos pueden hacer peligrar la continuidad de los estudios. Las familias de categoría especial tienen una bonificación del 100% de la matrícula en universidades públicas y para las de general es del 50% y no todas las familias pueden hacer frente a ese gasto, sobre todo si tienen varios hijos estudiando”. La FEFN, que ha realizado un análisis de este asunto en todas las comunidades, ha solicita al Gobierno que  modifique la Ley de Familias Numerosas para introducir en ella un punto en el que quede recogido el mantenimiento de la categoría especial con carácter retroactivo desde agosto de 2015, tal y como defiende el Abogado del Estado en su informe.

La categoría de familia numerosa especial (a partir de 5 hijos o 4 si uno de ellos tienen que la discapacidad o no se alcanzan unos niveles de renta) da derecho a más beneficios y descuentos.

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6 Comentarios

  1. Francisco

    Hola,
    quiere decir estro que puedo recuperar ser FN en la Comunidad de Madrid. En Mayo de 2019 lo solicité y me lo denegaron

    Responder
    • Mujer y MADRE hoy

      Dependerá de que cumplas las condiciones.

      Responder
      • Francisco

        Gracias por tu respuesta. Yo cumplía las condiciones, tres hijos, y dejamos de ser familia numerosa cuan mis dos hijos mayores se independizaron. El año pasado solicité la renovación y me lo denegaron por tener solo un hijo dependiente de mi mujer y de yo mismo. Mi pregunta es, está la comunidad de Madrid aceptando la renovación a los TFM caducados y solo con un hijo en la unidad familiar?
        Gracias

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        • Mujer y MADRE hoy

          TE aconsejo que te pongas en contacto con la Asociación de Familias Numerosas de Madrid o la Federación pues ha denunciado estas situaciones. Suerte

          Responder
  2. AGAFAN

    Hay un error en el artículo que sería conveniente corregir. En Galicia ya se está aplicando. Muchas gracias por toda la información que dais y dar eco siempre a nuestras reivindicaciones. Saludos muy cordiales. AGAFAN.

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    • Mujer y MADRE hoy

      Gracias, transmití la información que dio la FEFN, pero ya he visto en vuestra web la noticia de ayer. ahora mismo lo corrijo

      Responder

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