El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dado la razón a una madre trabajadora que denunció a la empresa en la que trabajaba por no permitirle conciliar la vida familiar y personal, al no dejarla  elegir el horario laboral ya que tiene una reducción de jornada por cuidado de hijos. Además, ha condenado a la empresa a pagarle 3.500 euros por daños morales.

El derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijos está recogido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que dice que «quienes tengan a quien tenga a su cuidado directo a un menor de 12 años pueden reducir la jornada de trabajo diaria entre un octavo y un máximo de un 50%, con una disminución proporcional del salario».

En el mismo artículo se indica que la concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute de la reducción de jornada, corresponderán al trabajador, dentro de su jornada ordinaria, aunque los convenios colectivos podrán establecer criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada a que se refiere el apartado 6, en atención a los derechos de conciliación de la vida  familiar y laboral del trabajador y las necesidades productivas y organizativas de las empresas.

Derecho a reducir y concretar la jornada por cuidado de un menor

En concreto, la madre trabajadora que ha ganado la sentencia denunció a la empresa de telefonía en la que trabajaba como teleoperadora porque no le permitió modificar su horario laboral para librar las tardes y los fines de semana para poder cuidar de su bebé de siete meses, ello a pesar de que alegó que no tenía ayuda familiar para poder cuidar del bebé en el turno de tarde ni durante los fines de semana en los que le tocaba trabajar.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha reconocido su derecho a la reducción y concreción de jornada por cuidado de un menor, y además ha obligado a la empresa a pagarle 3.500 euros por daño moral.

La empresa alegaba que el turno de mañana estaba sobredimensionado y que el cambio de horario podía implicar un desequilibrio en la organización, ya  que el Call Center contaba con 408 operadores, de los que 180 prestan servicio por las mañanas, 188 por las tardes y 40 a turno partido. Pero sin embargo la distribución era bastante similar: 180 trabajadores de mañana y 188 de tarde por lo que la sentencia no estima que sea así.

Por ello, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias afirma que el derecho de la madre trabajadora primera sobre la libertad organizativa de la empresa.

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20 Comentarios

  1. aida

    Buenos días! Mi pareja es guardia civil y tenemos un bebe de 3 meses. El mes que viene empezaré a trabajar y él se tiene que marchar 6 meses fuera. El problema es que estoy a jornada completa con un horario de 9 a 13 y de 17:30 a 21:30, y me gustaría pedirme la reducción de jornada en horario de mañana pero se que mis jefes me la van a negar en ese horario. Al estar sóla no tengo con quién dejar a mi bebe ya que las guarderías no abren hasta tan tarde y al estar en una comunidad que no es la mía no tenemos a ningún familiar que me pueda ayudar aquí.
    ¿Si me dicen que no y les llevo a juicio me darán la razón?
    Un saludo

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    • Mujer y MADRE hoy

      Buenos días, hay varias sentencias que han dado la razón a las madres que han tenido problemas para elegir el horario al reducir la jornada, porque han demostrado que necesitaban ese horario para el cuidado de su hijo.

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  2. Sonia

    Hola. Mi caso es que trabajo en una clinica dental de 11 a 20 y quiero solicitar la reduccion de jornada por cuidado de un menor. Podría solicitar el horario de 11 a 15?

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    • Mujer y MADRE hoy

      El Estatuto de los Trabajadores dice que Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de 12 e años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella .
      y que: La concreción horaria y la determinación de los permisos y reducciones de jornada corresponderán a la persona trabajadora dentro de su jornada ordinaria. No obstante, los convenios colectivos podrán establecer criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada en atención a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de la persona trabajadora y las necesidades productivas y organizativas de las empresas. Así que depende de lo que diga tu convenio.

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  3. Yoana

    Hola,trabajo en un hipermercado de 29 horas en turnos de mañana,mediodia y tarde y tengo 2 hijas menores de 12 años,si me reduzco ¿Tengo derecho a elegir horario?Gracias.

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    • Mujer y MADRE hoy

      El Estatuto de los Trabajadores que la concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute de la reducción de jornada corresponderán al trabajador, dentro de su jornada ordinaria, aunque los convenios colectivos podrán establecer criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada a que se refiere el apartado 6, en atención a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador y las necesidades productivas y organizativas de las empresas.

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  4. Laura

    Hola, mi caso es el siguiente. En mi contrato pone que mi horario es de 8 a 18h, cuando me reincorpore de la baja maternal, pedí hacer reducción a 5 horas. La empresa hace 2 años hizo un turno fijo de 7 a 15h, he pedido poder hacer este turno y la empresa me lo ha negado. Esto, ¿Lo puede hacer la empresa?

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    • Mujer y MADRE hoy

      No entiendo bien si ya tienes reducción de jornada de 5 horas y ahora quieres jornada normal en ese horario o lo que quieres es que tu reducción de jornada sea dentro del horario 7 a 15 horas. Quizá, si tu horario es de 8 a 18 el horario, podrías pedir la reducción para trabajar de 8 a 13 horas
      El Estatuto de los Trabajadores dice que Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella .
      y que: La concreción horaria y la determinación de los permisos y reducciones de jornada corresponderán a la persona trabajadora dentro de su jornada ordinaria. No obstante, los convenios colectivos podrán establecer criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada en atención a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de la persona trabajadora y las necesidades productivas y organizativas de las empresas.

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  5. Paula

    Hola, mi caso es el siguiente.
    Hace dos años me reincorpore al trabajo después de mi baja por maternidad y solicité una reducción de jornada con un horario fijo. Se me concedió esa solicitud, pero actualmente mi marido ha cambiado de trabajo y el horario que me adjudicaron no nos encaja para el cuidado de nuestro hijo. ¿Podría solicitar a la empresa otro cambio de horario?
    El caso es que llevo un mes realizando otro horario diferente porque a la empresa le hacía como favor cubrir unos turnos. Pero ahora al llegar un gerente nuevo me ha vuelto a reincorporar a los horarios antiguos que son los que tengo firmados. Me gustaría poder cambiar los que firme para solicitar los que estaba haciendo hasta hace unos días, pero no sé si tengo derecho a reclamar. Gracias!

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  6. YOLANDA TORRES

    Hola, trabajo en el consejo de Ibiza (Baleares). Soy funcionaria interina y tengo dos hijos en custodia compartida, uno de los cuales tiene 14 años y una discapacidad psíquica con autismo, mayor del 65%. El Consejo de Ibiza, me concedió un año de reducción de jornada de una hora, remunerada, mientras que cuando trabajé para el Gobierno Balear, me concedió dos o tres años, no recuerdo bien. El caso es que, pasado el año, trabajando en el Consejo de Ibiza, si hay alguna ley que permitiera seguir disfrutando de esa hora de reducción remunerada porque mi hijo, aunque sea mayor de 12 años, precisa más cuidados incluso y además dichos cuidados, por desgracia, no desaparecen pasado uno, ni dos ni tres años… son de por vida. Podrían decirme si existe alguna posibilidad ante mi pretensión?. Gracias!!

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    • Mujer y MADRE hoy

      Cuando se tiene un hijo con discapacidad, se puede pedir reducción de jornada para cuidarle aunque sea mayor de 12 años.
      además existe una prestación que compensa la reducción de jornada por enfermedad grave o crónica de un hijo. Puedes ampliar información en el post sobre la prestación por cuidado de hijos con enfermedad crónica

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      • Beatriz

        Hola!! Trabajo en un hotel con horarios cambiantes de mañana tarde o de 17a 1 de la mañana. Mi pregunta es que tengo dos niñas de, 5y 1 año y me estoy separando, nunca me he negado a hacer ningún turno ni a cambiar con mis compañeros. Pero debido que a ella le molesta, habría alguna manera de pedir un turno fijo?? Gracias

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        • Mujer y MADRE hoy

          si reduces la jornada por cuidado de hijos podrías pedir un horario que te permita atenderles si no tienes otra opción, aunque las empresas pueden poner pegas, pero ya ves que hay sentencias en este sentido. Lo mejor es intentar un cambio por las buenas explicando tu situación. Suerte

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      • Ana María Quevedo Martín

        Hola muy buenas días tengo un nene de 9 años con una minusvalía del 45% yo podría pedirme media jornada para poder a tender al nene y llevarlo a las terapias que tiene por las tardes . Pero tengo una duda más me comentaron que podría cogerme la media jornada cobrando el cien por cien el cincuenta por cien de la empresa y el cincuenta por cien de la siguridad social

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        • Mujer y MADRE hoy

          Te aconsejo leer el post prestación que compensa la reducción de jornada por cuidado de hijo con enfermedad grave.

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        • Vanessa

          Buenas mi problema es el siguiente, trabajamos ahora mi marido que actualmente está parado, y yo soy fija de empresa, tenemos mellizos de 11 años y los dos con discapacidadad, 74% y 38%,ahora mismo estoy de baja por que fastidiar el súper espinoso del hombro y me tienen que operar, pero cuando me incorpore no tengo quien cuide los críos, mi pregunta es la siguiente? Yo no quiero dejar el trabajo por que mi marido no suele tener trabajo, que derechos te go?? Gracias de ante mano

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          • Mujer y MADRE hoy

            En el caso de que trabajeis los dos podría existir la posibilidad de que uno de los padres solicite una reducción de jornada para el cuidado de hijos con enfermedad grave o que requiere cuidados continuos (depende de que la patología. En estos casos la Seguridad social compensa los ingresos que deja de recibir el trabajador cuando solicita
            El menor tener una enfermedad grave reconocida para la prestación por cuidado de hijos y es necesario un certificado médico que lo acredite.

  7. Patricia

    Mi caso es el siguiente: soy madre trabajadora y junto con mi hijo formamos una familia monomarental. Además de ser menor de 8 años, tiene 4, el niño tiene una discapacidad reconocida del 65% con un grado III de dependencia. Mi horario actual de trabajo es de lunes a miércoles de 16:00 h a 00:00 h y fines de semana de 8:00 a 16:00 h. Se trata de un comercio que está abierto 24 horas al día y en el que el turno de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 ya existe. Por motivos de la empresa, la chica que ocupa ese turno va a ser trasladada a otra tienda, quedando así ese turno libre. ¿Tengo derecho al mismo? ¿Puedo pedir que se me de a mí ese horario sin miedo a la no renovación del contrato por ello? y por último, ¿puedo pedir el cambio de turn sin pedir reducción de la jornada?
    Muchas gracias por su atención, un saludo.

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    • Mujer y MADRE hoy

      En principio no conozco ninguna ley que dé derecho o a elegir horario (sin reducción de jornada) por discapacidad de un hijo. quizá alguien que lea esto pueda aportar más información. Pero lo que sí existe es el DERECHO A REDUCIR JORNADA SI PERDER INGRESOS POR ENFERMEDAD GRAVE O CRÓNICA DE UN HIJO QUE REQUIERA CUIDADOS CONTINUOS, siempre y cuando los dos padres trabajen. La Seguridad Social compensa ingresos que se pierden al reducir la jornada. Puedes consultar el listado de enfermedades incluidas en el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

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  8. Lorena

    Yo trabaja por las mañanas de 6hs 12hs de lunes a viernes y pedi cambio por la tarde para cuidar de. Mi hija y asi no hacer reduccion de hora que a mi jefa no quiere me agregaron los sabados ahora hago de 17.00 a 22.00 de lunes a sabados he perdido en eate cambio.

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